III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-7236)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universidad Pontificia Comillas, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de Educación en Estados Unidos y Canadá.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Viernes 12 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 40771

Segunda. Modificación del convenio entre el Ministerio de Educación y Formación
Profesional y la Universidad Pontificia Comillas para la realización de prácticas
académicas de los alumnos de grado y postgrado en el ámbito de la Consejería de
Educación en Estados Unidos y Canadá, firmado el 15 de octubre de 2021.
La cláusula segunda letra E párrafo cuarto, queda redactada como sigue:
«En relación con las obligaciones en materia de Seguridad Social
contempladas en la disposición adicional quincuagésima segunda del Real
Decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, la Universidad Pontificia
Comillas asumirá dichas obligaciones, como centro responsable de la oferta
formativa en las que están incluidas las prácticas externas, en virtud de lo
establecido en el apartado 4.b) de dicha disposición adicional, asumiendo así la
condición de empresario.»
Se acuerda expresamente por las partes modificar el convenio firmado con fecha 15
de octubre de 2021, en los términos de la presente adenda. Se mantienen plenamente
en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio en lo no
modificado por esta adenda.
Tercera.

Vigencia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición
adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, la presente adenda surtirá efectos una vez sea inscrita en el Registro
Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal.
Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y estará vigente mientras lo
esté el convenio.
Cuarta.

Actualización de denominación.

Todas las referencias al «Ministerio de Educación y Formación Profesional» deberán
entenderse como «Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes».
Quinta.

Transparencia.

La presente Adenda será puesta a disposición de los ciudadanos en el Portal de
Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

cve: BOE-A-2024-7236
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicada.–Por el
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la Ministra de Educación y
Formación Profesional, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), la Directora General
de Planificación y Gestión Educativa, María del Ángel Muñoz Muñoz, P.D.F. (artículo 12 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre), el Consejero de Educación en EE. UU y Canadá, Jesús
Fernández González.–Por la Universidad Pontificia Comillas, la Vicerrectora de Alumnos y
Alumni, Belén Mercedes Urosa Sanz.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X