III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-7237)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión de las tablas salariales para el año 2023 del Convenio colectivo general de trabajo de la industria textil y de la confección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Viernes 12 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 40772

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
7237

Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica la revisión de las tablas salariales para el año
2023 del Convenio colectivo general de trabajo de la industria textil y de la
confección.

Visto el texto del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo general de
trabajo de la industria textil y de la confección (código de convenio n.º 99004975011981),
que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 16 de diciembre de 2021, Acta
mediante la que se procede a la aprobación de la revisión de las tablas salariales para el
año 2023 y que ha sido suscrita con fecha 23 de enero de 2024 por los integrantes de la
Comisión Negociadora designados por las asociaciones, federaciones y confederaciones
empresariales que constituyen el Consejo Intertextil Español (TEXFOR y ATEVAL)
UNIFAM, ANAIP, la Agrupación Española del Género de Punto y Grupo Nacional de
Fabricantes de Medias (AEGP) y FEDECON y la Unión Nacional de Fabricantes de
Alfombras y Moquetas, en representación de las empresas del sector, y de otra por las
organizaciones sindicales UGT-FICA y CC.OO.–Industria en representación de los
trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28
de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de
trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales del
convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de
trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este
centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-7237
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 22 de marzo de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.