III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. Evaluación. (BOE-A-2024-7194)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, para la ordenación de la realización de las Evaluaciones de diagnóstico en Educación Primaria y en Educación Secundaria Obligatoria, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en el curso 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Jueves 11 de abril de 2024

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directivo del CIERD. El INEE proporcionará los materiales y la formación necesarios para
realizar la evaluación de dicho alumnado.
2.

Codificación.

Las pruebas serán codificadas siguiendo guías estandarizadas elaboradas por el INEE.
Las pruebas aplicadas en formato digital se codificarán automáticamente.
Las pruebas aplicadas en formato papel serán codificadas por la empresa
adjudicataria del contrato correspondiente.
Decimocuarto. Plazos de envío y codificación de las pruebas.
Con la finalidad de que los centros educativos dispongan del informe individualizado
del alumnado antes del final de curso y puedan entregarlo a las familias junto con el
boletín de calificaciones, los equipos directivos de los centros educativos y los órganos
de coordinación a nivel local se asegurarán de que las pruebas cumplimentadas en
papel sean enviadas a la empresa el siguiente día lectivo a su realización.
Excepcionalmente, las pruebas podrán enviarse escaneadas, garantizando que el código
de alumno o alumna se registra en cada una de las páginas. Asimismo, los cuestionarios
de contexto de familias deben ser enviados a la empresa antes del día 30 de mayo
de 2024.
Decimoquinto.

Informes.

a) Los resultados globales de centro y de grupo con respecto a la media global del
ámbito considerado.
b) La distribución del alumnado de cada grupo del centro según sus niveles de
rendimiento y en relación a la distribución de todo el alumnado de cada ámbito
considerado.
c) Los resultados en relación con el índice social, económico y cultural y con
diferentes variables sociodemográficas.
d) El informe para el CIERD solo recogerá los resultados globales del centro y de
su alumnado en cada competencia.
Decimosexto.

Información a la comunidad educativa.

El tutor o tutora, al final del curso, teniendo en cuenta los resultados de los procesos
de evaluación interna y los resultados de la evaluación de diagnóstico, informará a
padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna en particular. El jefe o jefa de
estudios informará a los respectivos equipos educativos de los resultados de la
evaluación del conjunto del alumnado de cada curso. La Dirección del centro será la

cve: BOE-A-2024-7194
Verificable en https://www.boe.es

1. El INEE elaborará un informe de resultados individualizado de cada alumno y
alumna, que será entregado a finales del mes de junio y que incluirá los niveles
alcanzados en cada competencia con una descripción de los mismos. Los resultados del
alumnado evaluado tendrán carácter confidencial y se proporcionarán únicamente a su
tutor o tutora y a sus representantes legales, utilizando para ello un formato que les
facilite la comprensión de los mismos. Estos informes contendrán los resultados del
alumno o alumna en relación con las medias globales del ámbito considerado, de su
centro y de su grupo. En el CIERD el informe solo incluirá los resultados del alumno o
alumna en relación con las medias del centro. Los resultados individuales no tendrán
consecuencias académicas en ningún caso.
2. El INEE elaborará los informes de centros, que serán entregados durante el mes
de octubre de 2024. Estos informes ofrecerán información útil para la reflexión y la toma
de decisiones orientadas a la mejora de la educación y se tendrán en cuenta en la
elaboración de los respectivos planes de mejora. El informe de centro incluirá, como
mínimo, los siguientes apartados: