III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-7187)
Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 4, por la que se deniega la inscripción de una escritura de constitución de usufructo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Jueves 11 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
7187

Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Madrid n.º 4, por la que se deniega la
inscripción de una escritura de constitución de usufructo.

En el recurso interpuesto por don F. M. N., en nombre y representación de la
sociedad «Gloriamundi Producciones, SLU», contra la nota de calificación del registrador
de la Propiedad de Madrid número 4, don Francisco Javier Gómez Gené, por la que se
deniega la inscripción de una escritura de constitución de usufructo.
Hechos
I
Mediante escritura de constitución de usufructo autorizada el día 20 de octubre
de 2022 por la notaria de Madrid, doña Ana Fernández-Tresguerres García, la asociación
sin ánimo de lucro «Cáritas Europa» trasmitía sobre una finca registral el derecho de
usufructo a favor de la entidad «Gloriamundi Producciones, SLU», gravada con la
siguiente prohibición de disponer «se instituye heredera universal a la entidad ‘Cáritas
Europa’ (…) con la obligación inexcusable de no vender dichos bienes y derechos y
entregar la administración de los mismos a Cáritas de cada una de las ciudades en que
se encuentren los mismo, para que sean invertidos los beneficios en becas para
postuniversitarios, para estudios superiores en España o en el extranjero. El importe de
estas becas se devolverá (…)».
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Madrid número 4, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Asiento n.º 123 del Diario 119.
Interesado: Gloriamundi Producciones SLU.
Presentante: A. F. G.
Notario autorizante: Ana Fernández-Tresguerres García.
N.º protocolo: 2.852 del año 2022.

Primero: Con fecha 20 de octubre de 2022 se otorga escritura de “Constitución de
Usufructo” a favor de la sociedad arriba referenciada.
Escritura que fue presentada telemáticamente, aportándose copia papel en la que se
acredita el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 254 de la Ley Hipotecaria, el 15 de
noviembre de 2022.
Segundo: Con fecha 5 de diciembre de 2022 fue objeto de calificación negativa. La
cual fue debidamente notificada con la misma fecha sin que se presentara recurso a
alegación alguna.
En documento presentado es idéntico al anteriormente calificado, sin que hay sido
subsanados los defectos que motivaron la nota de calificación.

cve: BOE-A-2024-7187
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Hechos: