III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-7184)
Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Vigo n.º 3, por la que se suspende la inscripción de una escritura de constitución de complejo inmobiliario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Jueves 11 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
7184

Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Vigo n.º 3, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de constitución de complejo inmobiliario.

En el recurso interpuesto por don C. P. P., en nombre y representación de la
mercantil «Viqueira Inmuebles, S.A.», contra la calificación de la registradora de la
Propiedad de Vigo número 3, doña María Purificación Geijo Barrientos, por la que
suspende la inscripción de una escritura de constitución de complejo inmobiliario.
Hechos

En escritura de constitución de complejo inmobiliario, autorizada el día 7 de febrero
de 2023 por el notario de Vigo, don José María Rueda Pérez, con el número 380 de
protocolo, se exponía que sobre la finca registral número 35.925 del Registro de la
Propiedad de Vigo número 3, descrita como urbana de 7.584,50 metros cuadrados, se
había proyectado la construcción de seis viviendas unifamiliares y piscina en régimen de
completo condominio según proyecto técnico autorizado por la concejala delegada de
Urbanismo del Ayuntamiento de Vigo en fecha de 24 de marzo de 2022. La promotora,
titular registral, preveía la enajenación de los diferentes elementos privativos que se
describían sobre los que se ubicarían cada una de las viviendas unifamiliares, por lo que
constituía un complejo inmobiliario describiendo las seis parcelas de propiedad privativa
con su respectiva cuota en el complejo y los elementos comunes del mismo. La cuota de
participación asignada a cada elemento independiente se utilizaría para determinar la
contribución a los gastos y la participación en la propiedad de los elementos comunes, la
participación en el voto y demás efectos legales.
En la escritura constaba testimoniada licencia de 24 de marzo de 2022 de la
Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Vigo para la construcción de seis
viviendas unifamiliares con piscina en régimen de completo condominio tipo número 2.
En la licencia se resolvía lo siguiente: «Otorgar a Viqueira Inmuebles SA (…) con un
presupuesto de ejecución de 1.855.000 euros y segundo proyecto básico redactado por
los arquitectos D. J. G. H. y D. J. M. C. de marzo de 2021, reformados de junio y agosto
de 2021, licencia para construcción de seis viviendas unifamiliares con piscina en
régimen de completo condominio (Tipo n.º 2) en (…) con referencia catastral (…) De
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.6 del Real Decreto-legislativo 7/2015, de 30 de
octubre, por lo que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación
Urbana, se autoriza la constitución del complejo inmobiliario sobre la parcela con
referencia catastral (…), conformado por las 6 viviendas con piscina cuya construcción
se autoriza por esta licencia, cada una sobre una porción de la parcela de uso privativo y
la zona de circulación para acceso de vehículos desde la vía pública para el acceso a las
mismas, quedando el resto de la parcela como espacios libres comunes».
Con los siguientes condicionantes:
«– Deberá formalizarse la cesión de 149,50 m² para vial de nueva creación en el sur
de la parcela. Tal cesión, libre de cargas y gravámenes de todo tipo, se realizará en
escritura pública notarial acompañada de un plano de situación y otro de deslinde, y una

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