III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-7177)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Mojácar, por la que se suspende la inscripción de la rectificación de la descripción de la finca y de la georreferenciación, sin tramitar el expediente por dudas en la identidad de la finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Jueves 11 de abril de 2024

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exclusión de las normas hipotecarias, ya que la coexistencia de dos asientos registrales
de igual rango y naturaleza, contradictorios e incompatibles entre sí, origina la quiebra de
los principios rectores del mecanismo tabular, porque la protección a uno de los titulares
supondría para el otro el desconocimiento de los mismos principios básicos de publicidad
legitimación y prioridad. En el presente caso, como entienden registrador y recurrente, de
las descripciones de ambas fincas, atendiendo a los linderos, no existe coincidencia
sobre su ubicación física.
Por todo lo razonado, esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso y
confirmar la nota de calificación.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2024-7177
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 13 de marzo de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X