I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Organización. (BOE-A-2024-7125)
Orden CNU/311/2024, de 4 de abril, por la que se crea y regula el Comité Antifraude del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en proyectos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia -Next Generation UE- en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Jueves 11 de abril de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Orden CNU/311/2024, de 4 de abril, por la que se crea y regula el Comité
Antifraude del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en proyectos
financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia -Next
Generation UE- en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.

El Consejo Europeo aprobó, el 21 de junio de 2020, la creación del programa Next
Generation EU como un instrumento económico con el objetivo de amortiguar el impacto
de la crisis sin precedentes producida por la pandemia COVID-19. Este programa
establece un paquete de medidas económicas de gran alcance para promover una
rápida recuperación, constituyendo las bases de un crecimiento sostenible para las
próximas décadas, y diseñando un planteamiento innovador que favorezca la
convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea.
El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, establecido a través del
Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, es el
núcleo de este Fondo de Recuperación. Tiene cuatro objetivos: promover la cohesión
económica, social y territorial de la UE; fortalecer la resiliencia y la capacidad de ajuste
de los Estados Miembros; mitigar las repercusiones sociales y económicas de la crisis de
la COVID-19; y apoyar las transiciones ecológica y digital.
Para alcanzar esos objetivos, cada Estado miembro ha diseñado un Plan Nacional
de Recuperación y Resiliencia que incluye las reformas y los proyectos de inversión
necesarios para alcanzar esos objetivos. El Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia español tiene cuatro ejes transversales que se vertebran en 10 políticas
palanca, dentro de las cuales se recogen treinta y un componentes, que permiten
articular los programas coherentes de inversiones y reformas del Plan. Estos cuatro ejes
son: la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la
igualdad de género.
Para hacer efectivas las iniciativas planteadas en el Plan Nacional de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, las Administraciones Públicas han adaptado
procedimientos de gestión y un modelo de control. Algunas medidas de agilización se
establecieron mediante el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Asimismo, a través
de la aprobación de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
se da traslado de las previsiones contenidas en el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se configura el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, impone a España en su artículo 6 la
obligación por la que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de
las medidas del PRTR deberá disponer de un Plan de medidas antifraude que le permita
garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos
correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en
particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la
corrupción y los conflictos de intereses.
El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, establece en su artículo 1 los departamentos ministeriales
de la Administración General del estado y en el artículo 19 que corresponde al Ministerio

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