I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2024-7035)
Real Decreto 251/2024, de 12 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y servicios de asesoramiento, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 10 de abril de 2024

Sec. I. Pág. 39983

agricultores o selvicultores, profesionales jóvenes de la agricultura o la selvicultura,
entidades del sector interesadas en la innovación (en particular en la AEI-Agri) a adoptar
o mejorar procesos digitales en las mismas.
La entidad beneficiaria de la subvención será la creadora de un servicio de
asesoramiento en digitalización.
Las entidades que no tengan un servicio de asesoramiento en materia de
digitalización establecido podrán solicitar subvención para sufragar los costes
directamente ligados al establecimiento del servicio.
Podrá financiarse la creación de nuevas estructuras de asesoramiento en
digitalización en el marco de un servicio de asesoramiento ya existente, pero que no sea
sobre digitalización.
13. Las solicitudes deberán dar publicidad a las fuentes de financiación como sigue
a continuación: «Se redacta la presente propuesta de actividades al objeto de ser
financiada en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España, financiado
por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y el Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (Feader)».
14. El plazo de ejecución de las solicitudes y, por ende, de las consecuentes
propuestas de actividades, se establecerá en cada convocatoria, y no superará los tres
años.
Artículo 6. Representante de la agrupación.

a) Presentar, en nombre de la agrupación, la solicitud de la ayuda, que deberá
diferenciar los compromisos de ejecución de cada miembro de la agrupación, el importe
de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, así como las actuaciones y el
presupuesto correspondiente a cada uno.
b) Actuar como interlocutor único entre la agrupación y la Administración.
c) Dirigir y coordinar las actuaciones de los miembros de la agrupación.
d) Recabar de cada miembro de la agrupación toda la información exigible o
requerida por la Administración, y en particular la relativa a la justificación de la
subvención.
e) Recabar la información e indicadores de seguimiento y evaluación aplicables, y
remitirlos a la Administración.
f) Presentar la solicitud de pago y la documentación necesaria para recibir el pago
de la subvención, y distribuirla entre los integrantes de la agrupación, de acuerdo con el
grado de participación de cada uno en la misma, según la resolución de pago de la
ayuda, en el plazo de quince días desde la recepción de dicha la resolución de pago.
g) Coordinar y facilitar las actuaciones de control de la ayuda. Además, será el
encargado de recabar toda la información solicitada por la Administración para la
realización de los controles sobre el terreno de la ayuda.
3. No podrá disolverse esta agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de
prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Artículo 7.

Incompatibilidad con otras subvenciones.

1. Atendiendo a lo establecido en el artículo 36 del Reglamento (UE) 2021/2116 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la
gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el

cve: BOE-A-2024-7035
Verificable en https://www.boe.es

1. Toda agrupación de beneficiarios deberá designar a una persona física o jurídica
que sea miembro de la misma como representante, con poderes suficientes para poder
cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación como beneficiario de las
ayudas, que deberá existir en todo caso cuando se trate de agrupaciones sin
personalidad.
2. La persona que actúe en nombre de la entidad representante de la agrupación
asumirá al menos las siguientes funciones: