III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-7028)
Resolución de 3 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque Solar Fotovoltaico denominado Jerez de 42,5 MW de potencia nominal, para su hibridación con el parque eólico existente denominado Jerez, de 42,5 MW de potencia, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cádiz".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Martes 9 de abril de 2024

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no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente, que requirieran su
sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se respetaran las
medidas y condiciones previstas, fue remitida a la Delegación Territorial de
Sostenibilidad, Medio Ambiente, y Economía Azul en Cádiz de la Junta de Andalucía,
el 27 de febrero de 2024, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez
días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, quedando suspendido el
cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección
ambiental.
Con fecha 11 de marzo de 2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente, y Economía Azul en Cádiz remite su respuesta y considera que el proyecto es
compatible con la conservación de los valores ambientales de la zona donde pretende
ubicarse y de su entorno próximo, siempre que se lleven a cabo las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias contempladas en el estudio de impacto ambiental, en la
propuesta de informe de determinación de afección ambiental y las medidas indicadas
en su informe, las cuales han sido tenidas en cuenta e integradas en esta resolución.
Fundamentos de Derecho

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección
ambiental en el sentido de que el proyecto «Parque Solar Fotovoltaico denominado Jerez
de 42,5 MW de potencia nominal, para su hibridación con el Parque Eólico existente
denominado Jerez, de 42,5 MW de potencia, y para una parte de su infraestructura de
evacuación, en la provincia de Cádiz», continúe con la correspondiente tramitación del
procedimiento de autorización al no apreciarse efectos adversos significativos en el
medio ambiente que requieran su sometimiento a procedimiento de evaluación
ambiental, siempre que se respeten las medidas y condiciones previstas en la presente
resolución.
El informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web
de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y será notificado a
promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022.
De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de
determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que,
en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del
proyecto.
Madrid, 3 de abril de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental,
Marta Gómez Palenque.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-7028
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el
que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental
elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá
al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de
diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se
considerará como aceptación del contenido de la propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.