III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-6941)
Resolución de 26 de marzo de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 8 de abril de 2024
Duodécima.

Sec. III. Pág. 39494

Causas de extinción.

12.1 El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
12.2 Son causas de resolución del presente convenio:
a) El transcurso de su plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del
mismo.
b) El acuerdo mutuo entre las partes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes. En este caso, la parte afectada podrá notificar a la parte
incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la
causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por
esta causa conllevará la indemnización de los daños y perjuicios causados teniendo en
cuenta, en su caso, la valoración de los gastos asumidos por la parte perjudicada a
consecuencia del incumplimiento y hasta el momento de resolución del convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.
Decimotercera.

Normativa aplicable y jurisdicción competente.

13.1 El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por la legislación
española, en particular por los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
13.2 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación,
ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se
resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión de vigilancia
y Seguimiento. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las cuestiones
litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo con sede en
Madrid, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas,
en el lugar y fecha al principio indicados.–Por el MNCARS, el Director, Manuel Segade
Lodeiro.–Por la Universidad de Granada, el Vicerrector, Esteban Romero Frías.

cve: BOE-A-2024-6941
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio ha sido redactado sobre el modelo normalizado de convenio
para prácticas externas (curriculares y extracurriculares) entre el Museo Nacional Centro
de Arte Reina Sofía y la Universidad/Escuela Superior y ha sido informado
favorablemente por la Abogacía del Estado coordinadora del Convenio de Asistencia
Jurídica MNCARS-Abogacía General del Estado con fecha 22 de diciembre de 2024, por
la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos con fecha de 26 de enero de 2024,
por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática con fecha de 24 enero
de 2024, y autorizado por el Ministerio de Hacienda con fecha de 2 de febrero de 2024.