III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6937)
Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque eólico Campanario IV híbrido, de 15 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico denominado FV Campanario IV, de 48,13 MW de potencia instalada, y parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Albacete".
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 8 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 39429

En el parque eólico y en los viales, se plantea un sistema de drenaje mediante
cunetas, obras de paso bajo los caminos y escolleras para permitir el paso del agua y
evitar la erosión.
Atendiendo a la cartografía del Sistema nacional de Cartografía de Zonas inundables, el
proyecto se sitúa fuera de zonas inundables asociadas a los periodos de retorno de diez,
cincuenta, cien y quinientos años. Además, el proyecto se sitúa fuera de las Áreas con
Riesgo Potencial Significativo de Inundación. Según el Plan Especial de Protección Civil ante
el Riesgo de Inundaciones en Castilla-La Mancha, la peligrosidad de desbordamiento es
media-baja en el término municipal de Bonete. Según el Mapa de Peligrosidad Integrada de
Inundación en los términos municipales de Castilla-La Mancha, elaborado por el Instituto
Geológico y Minero de España, la peligrosidad de inundación es media-baja para Bonete.
Como posibles afecciones a la calidad de las aguas, hay que citar los posibles
arrastres de tierras a los cauces y derrames accidentales de hidrocarburos y aceites de la
maquinaria. No obstante, los derrames podrían ocurrir únicamente de manera accidental y
puntual, puesto que se llevará a cabo la correcta gestión de los mismos y el adecuado
mantenimiento de la maquinaria en centros autorizados. Además, se tomarán medidas de
protección durante las obras en las zonas de almacenamiento temporal, especialmente en
las de residuos peligrosos, que estarán adecuadamente impermeabilizadas.
Los aerogeneradores del parque eólico y gran parte de la línea de evacuación
subterránea se sitúan sobre la masa de agua subterránea denominada Sinclinal de la
Higuera (070.002) perteneciente a la Demarcación Hidrográfica del Segura. Parte del
trazado de la línea subterránea hasta la subestación de conexión se encuentra sobre la
masa subterránea de Alpera (Carcelén) (080.138), perteneciente a la Demarcación
Hidrográfica del Júcar.
Afección por generación de residuos.

Los residuos generados por este tipo de proyectos se derivan fundamentalmente de
la obra civil y son principalmente tierra procedente de caminos, excavaciones y zanjas,
limpieza de cubetas de hormigón y restos de ferralla. Los residuos generados por el
montaje e instalaciones son reciclables en su mayoría y consisten en cartones, plásticos
de embalaje y palés generados por el suministro de equipos, remanentes y mermas de
cableados y estructura metálica.
Durante las obras se producirán residuos peligrosos y grandes cantidades de
residuos de carácter no peligroso, así como residuos sólidos asimilables a urbanos.
Durante la construcción, serán entregados a gestor autorizado.
Durante la ejecución de la obra, se estima una generación de 6.846,42 t de residuos
no peligrosos. Se ha calculado un excedente de tierras de 48.786 m3. Por otro lado, se
estima una generación de 39,75 t de residuos peligrosos.
Se designarán las zonas de almacenamiento de los residuos y se mantendrán
señalizadas correctamente. Cada residuo será almacenado en la obra según su
naturaleza, y se depositará en el lugar destinado a tal fin (punto limpio), según se vaya
generando. Los residuos peligrosos que se generen en la obra se almacenarán en un
punto limpio de residuos peligrosos, en la medida de lo posible bajo techado y sobre una
zona impermeabilizada, y no podrán permanecer más de 6 meses en las obras sin ser
retirados por gestor autorizado. Durante los trabajos de instalación de los
aerogeneradores, es probable que se genere un excedente de materiales de origen
eléctrico y electrónico. Este material se deberá gestionar como residuo de aparatos
eléctricos y electrónicos, debiendo habilitarse un área de almacenamiento de materiales
defectuosos.
Durante la fase de construcción, se puede considerar la generación de aguas
residuales relacionadas con los aseos para el personal de obra. Para ello, podrá
disponerse de caseta prefabricada o cabina portátil (aseo químico), dotada de depósito
hermético de recogida, cuya gestión se realizará mediante contrato con empresa
autorizada, que llevará a cabo la limpieza y retirada de la misma.

cve: BOE-A-2024-6937
Verificable en https://www.boe.es

4.