III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6936)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Estudio de soluciones a largo plazo para la mejora del drenaje en las inmediaciones del túnel de la Font de La Figuera (Valencia) en fenómenos de precipitación extraordinarios».
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 8 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 39419

De acuerdo con el estudio de paisaje realizado por el promotor, las balsas
proyectadas se localizan en un paisaje agrícola influenciado por el entorno periférico
urbano de la Font de la Figuera y las diversas infraestructuras tanto ferroviarias como
viales que se entremezclan entre las parcelas de cultivos leñosos propias de la zona.
c. Características del potencial impacto
1.

Calidad del aire.

Durante la construcción, el documento ambiental identifica que se producirán
emisiones de partículas en suspensión por los movimientos de tierras durante los
trabajos de preparación del terreno, excavación de las balsas y transporte de tierras.
Este impacto no resultará significativo sobre la población de Font de la Figuera, ya que
será temporal y de magnitud baja, dada la distancia del núcleo urbano, y dadas las
medidas planteadas por el promotor para su mitigación.
Las obras generarán emisiones acústicas que empeorarán la calidad del aire,
aunque en unos niveles no significativos respecto a los niveles actuales de ruido. El
promotor destaca que las emisiones acústicas más significativas procederán de los
equipos y maquinaria a emplear durante las excavaciones y movimientos de tierras,
incidiendo, en el peor de los casos estudiados, en un entorno de aproximadamente 60
metros. A partir de esta distancia, todos los equipos generarán niveles sonoros por
debajo de los 55 dB. Por otra parte, la zona de actuación es eminentemente rural, no
detectándose viviendas residenciales a menos de 500 m de la zona de actuación.
Además, la zona de actuación limita con varias infraestructuras de transporte, lo que
supone unos niveles acústicos de inmisión actualmente elevados. No obstante, el
promotor plantea programar las obras de modo que se paralicen durante el periodo
nocturno, efectuar un seguimiento de los niveles de inmisión durante las obras y la
instalación de pantallas acústicas móviles en los puntos donde se superen los umbrales
legales.
2.

Suelo y geomorfología.

Los impactos en la geomorfología y el suelo se producirán en mayor grado en la fase
de construcción, como consecuencia de la alteración del relieve producida en las
excavaciones y movimientos de tierras, así como por la contaminación producida por
vertidos accidentales de aceites, hidrocarburos u otros derrames, con mayor riesgo en
las zonas auxiliares y de acopio. Las medidas preventivas propuestas por el promotor
evitarán, o bien, reducirán la magnitud de estos impactos, por lo que, atendiendo a su
carácter temporal y recuperable, no serán significativos. Todas las zonas de ocupación
temporal serán adecuadamente restauradas una vez finalizadas las obras.
Respecto al elevado volumen de excedentes generados durante las obras, el
impacto no será significativo. El promotor plantea diversas opciones estudiadas para el
tratamiento de estos excedentes, que serán destinados preferentemente a obras
cercanas, como el Parque Tecnológico Empresarial de Caudete, o en su defecto, a la
restauración de canteras cercanas.
Aguas.

Durante la fase de obra, el documento ambiental identifica que existe un potencial
impacto por contaminación de aguas superficiales y subterráneas, a consecuencia de
vertidos accidentales y derrames de hidrocarburos y aceites, así como por el arrastre de
tierras a la red de drenaje durante los movimientos de tierras. No se prevé afección
directa sobre ningún acuífero, dada la profundidad de excavación de las balsas. El
promotor propone una serie de medidas preventivas para minimizar la magnitud de estos
impactos en un grado suficiente que permite valorarlos como no significativos:
impermeabilización de todas las zonas de instalaciones auxiliares, instalación de
dispositivos de control de sedimentos, balsas de decantación, cunetas perimetrales, etc.

cve: BOE-A-2024-6936
Verificable en https://www.boe.es

3.