III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6933)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica hibridación parque eólico Boira".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 8 de abril de 2024

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Así, plantea tres opciones, además de la alternativa 0 o de no ejecución. La
alternativa 0 es descartada por el promotor debido a que no permite cumplir los objetivos
de generación de energía renovables.
Las opciones planteadas presentan las siguientes características:
– Alternativa 1. En el TM de Carcelén (Albacete). Presenta un área vallada
de 56,65 ha y una línea de evacuación de 30 kV aéreo (4.779 m) –soterrada (101 m)
(LASMT). Se ubica alejada de la SE «Solar Ayora». Además, se encuentra a 250 m de
un núcleo de población y de espacios de la Red Natura 2000.
– Alternativa 2. En el TM de Zarra (Valencia). Cuenta con una superficie
vallada 55,35 ha y una LASMT de 30 kV (8.348 m en aéreo y 101 m soterrada). También
se ubica alejada de la SE «Solar Ayora» y se encuentra a 6.850 m de un núcleo de
población, pero muy próximo a espacios de la Red Natura 2000 (550 m).
– Alternativa 3 (seleccionada). Planteada en el TM de Jarafuel (Valencia), con un
área vallada 42,14 ha y una LSMT de 30 kV de 3.600 m. Es la alternativa más cercana a
la SE y se encuentra a 2.350 m del núcleo de población más próximo y a 3.500 m de la
Red Natura 2000.
El promotor selecciona la alternativa 3 como la más viable desde tanto desde el
punto de vista ambiental como del social.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

b.1) Población y salud humana. El proyecto se encuentra ubicado en la provincia de
Valencia, en las inmediaciones del municipio de Jarafuel. Según el EsIA, no hay
presencia de núcleos de población cercanos a la PSFV; el más próximo es la pedanía de
Carcelén, de Casas de Juan Gil, localizado a más de 2,4 km en línea recta de la
actuación. En relación a infraestructuras, en las proximidades del proyecto se encuentran
las carreteras CV-440 y CV-441.
Sobre la población, el EsIA identifica como acciones impactantes principalmente las
realizadas en la etapa constructiva, como la excavación del terreno, tránsito de
maquinaria, o el cerramiento perimetral de los terrenos, entre otras actividades. Estos
impactos producirán aumento del ruido, olores y polvo en suspensión, afectando a la
calidad del aire y atmósfera (cuestiones que se tratan en el apartado dedicado a
atmósfera de la presente resolución) y, en consecuencia, a la población. Sin embargo, se
concluye en el EsIA que este tipo de actividades del proyecto no supondrá impacto sobre
la población debido a la distancia a los núcleos. Por otro lado, en el EsIA se considera
que sobre la población se producirá un impacto positivo debido al aumento de las
actividades económicas generadas tanto directa como indirecta en el entorno.
La Dirección General de Salud Pública de la Generalitat Valenciana realiza diversos
comentarios sobre las posibles repercusiones del proyecto sobre la salud humana y
medidas para paliarlas, a las que el promotor muestra su conformidad, y que se recogen
en el condicionado de la presente resolución.
La Dirección General de Obras Públicas de la Generalitat Valenciana informa que la
instalación debería estar proyectada teniendo en cuenta la orientación correcta de los
paneles respecto a la carretera. En caso de ser necesario, se dispondrán los elementos
adecuados que impidan dichos deslumbramientos. Respecto a la CV-440, considera
necesario un estudio de deslumbramiento. También, solicita que se identifique el tráfico
generado por la actividad, su repercusión en la vía, y que se demuestre el cumplimiento
de los condicionantes para accesos directos y que se comprueben las envolventes de
giro. Además, realiza comentarios técnicos sobre los accesos a la PSFV. El promotor
aporta un plano con la mejora del acceso directo CV-440. La Dirección General de Obras
Públicas de la Generalitat Valenciana solicita documentación adicional que el promotor
proporciona. Con posterioridad, el organismo realiza una serie de consideraciones de
carácter técnico en varios informes sobre los que el promotor aporta la pertinente
información.

cve: BOE-A-2024-6933
Verificable en https://www.boe.es

b.