III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6933)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica hibridación parque eólico Boira".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 8 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
6933

Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica hibridación parque eólico
Boira».
Antecedentes de hecho

Con fecha 28 de abril de 2022, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de
tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Planta solar fotovoltaica hibridación parque eólico Boira», remitida por Acción Eólica del
Levante, SL, como promotor, al amparo del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo,
por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a
las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Con fecha 1 de diciembre de 2022, la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental dicta resolución por la que se formula informe de determinación de afección
ambiental del proyecto en el sentido de que continúe la tramitación del procedimiento de
evaluación ambiental ordinario, conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, tras lo que se procede a tramitar la presente
evaluación.
Alcance de la evaluación
Esta resolución se basa en la documentación presentada por el promotor y se
pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los efectos sobre los
factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el estudio de impacto
ambiental (en adelante, EsIA). Se incluye, asimismo, el proceso de participación pública
y consulta.
No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de
seguridad industrial, ni otros, que poseen normativa reguladora e instrumentos
específicos.
Tampoco, se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación, que deberá ser
objeto en el futuro de un proyecto específico, que incluya la retirada de elementos, la
gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación original y la
restauración del suelo y de la vegetación, lo cual será sometido, al menos, a un
procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.
Descripción y localización del proyecto

El proyecto se localiza en el término municipal (TM) de Jarafuel (provincia de
Valencia, perteneciente a la Comunidad Valenciana). Su finalidad es la hibridación del
conjunto formado por la planta solar fotovoltaica (PSFV) proyectada y el parque eólico
(PEOL) asociado existente, de 34,5 MWn, con el que comparte punto de acceso a la red.
Según el anuncio de información pública, el proyecto consta de la PSFV «Boira»,
de 19,334 MWn y 24,994 MWp, la cual está formada por 45.444 módulos de 550 Wp
cada uno, y ocupa una superficie de 45,14 ha. Incluye una línea soterrada de media
tensión (LSMT) de 30 kV para evacuar la energía, de 3,154 km de longitud.

cve: BOE-A-2024-6933
Verificable en https://www.boe.es

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