III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6932)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Carmina Solar 2, de 99,973 MWp y 97,011 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de abril de 2024

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locales de sisón común a causa de la ocupación del suelo con motivo de la instalación
de la planta solar.
– Águila imperial: Esta especie es reproductora habitual en la zona de estudio.
Dentro del área afectada por el desarrollo del proyecto se han localizado varias zonas
con presencia de nidificación comprobada. Se ha confirmado su reproducción en 2021
y, posteriormente, en 2022. Además, el área de implantación de la planta solar se
ubicaría en una de las Zonas de Importancia del Plan de recuperación de esta
especie (Decreto 275/2003, de 9 de septiembre).
La asociación Grefa emite un informe en sentido análogo, constatando la importancia
de la zona de implantación de la planta fotovoltaica como área de campeo y alimentación
de águila imperial ibérica, milano real, varias especies de aves rapaces, mediante el
aporte localizaciones de GPS de ejemplares radiomarcados.
Las asociaciones ecologistas Avutarda Dientes de Sable y SEO/BirdLife solicitan que
se deniegue la autorización del proyecto objeto de análisis dado que su ejecución
supondría la pérdida de un hábitat en el que basan su ciclo vital parte de las especies
subestépicas existentes en la zona, además de ser empleado como zona de
reproducción, campeo y alimentación de varias rapaces. Defienden que el impacto
derivado de la ejecución del proyecto sobre la fauna debería calificarse como crítico,
dado que la magnitud del mismo es superior al umbral aceptable, produciéndose una
pérdida permanente de la calidad de las condiciones ambientales, sin posible
recuperación, incluso con la adopción de medidas protectoras o correctoras.
En respuesta a estas consideraciones, el promotor expresa su desacuerdo con las
consideraciones realizadas por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, si bien propone la modificación del
proyecto, con una reducción de la planta fotovoltaica, eliminando 31 ha, para reducir el
impacto crítico sobre los nidos de águila imperial ibérica detectados.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, el 28 de agosto de 2023, emite un segundo informe de
contestación al promotor, en el que se ratifica en lo indicado en el informe previo,
concluyendo que el proyecto no es compatible con la conservación de los valores
ambientales y recursos naturales de la zona donde pretende ubicarse ni de su entorno
próximo.
Dado que el promotor afirma que el segundo informe de la Dirección General de
Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no
habría tenido en cuenta la modificación del proyecto, con fecha 13 de noviembre
de 2023, se remite nueva consulta al organismo autonómico que, con fecha 26 de
diciembre de 2023, emite un tercer informe, en el que indica haber tenido en
consideración toda la información disponible y reitera que el proyecto no es compatible
con la conservación de los valores ambientales y recursos naturales de la zona donde
pretende ubicarse ni de su entorno próximo, ya que los impactos causados por este
proyecto no se pueden compensar.
c) Valoración del órgano ambiental.
Realizado el análisis de la documentación presentada por el promotor, así como de
los informes recibidos durante la tramitación, esta Dirección General concluye que los
impactos del proyecto sobre la fauna no han sido adecuadamente valorados por el
promotor.
Así, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha y la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del
MITECO han informado que la implantación de la planta fotovoltaica podría afectar
directamente a la población reproductora de águila imperial ibérica (Aquila adalberti), que
cuenta con nidificación activa en el entorno de la planta. Si bien esta afección se vería
reducida con la eliminación de superficie de proyecto propuesta por el promotor durante la
tramitación ambiental, no hay información suficiente para evaluar el impacto sobre el hábitat

cve: BOE-A-2024-6932
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Núm. 86