III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-6942)
Resolución de 2 de abril de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Salamanca, para la realización de prácticas curriculares en archivos, centros y servicios adscritos a la Subdirección General de los Archivos Estatales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 39499

EXPONEN
I. Que de acuerdo con la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/ 2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, se contemplan a los Archivos
de Titularidad y Gestión Estatal como Agentes Públicos de Investigación Científica y
Técnica adscritos a la Administración del Estado.
II. Que la Universidad de Salamanca (en adelante mencionada por su acrónimo
USAL), con sede en Patio de Escuelas, s/n, 37008 Salamanca, de acuerdo con sus
Estatutos aprobados por Acuerdo 19/2003 de 30 de enero de la Junta de Castilla y
León (BOCYL de 3 de febrero), modificados por acuerdo 2/2005 de 13 de enero de
la Junta de Castilla y León (BOCYL de 19 de enero), y por Acuerdo 38/2011 de 5 de
mayo (BOCYL de 11 de mayo de 2011), es una institución de Derecho público
dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios, para la consecución de sus
fines y el desarrollo de sus funciones, que goza de autonomía de acuerdo con el
artículo 27.10 de la Constitución, del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario; y del artículo 1 del Estatuto de la USAL. Entre sus
funciones generales, la USAL tiene la correspondiente a la preparación para el
ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y
métodos científicos y la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento
al servicio de la cultura, de la calidad de la vida y del desarrollo económico; así como
la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la
formación a lo largo de toda la vida. Que las universidades españolas, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio
Histórico Español, son instituciones consultivas de la Administración General del
Estado, a los efectos previstos en esta ley.
III. Que la USAL ostenta competencia suficiente para el establecimiento de relaciones
con otras instituciones académicas, culturales o científicas, españolas o extranjeras,
además del fomento de los correspondientes intercambios, desarrolla enseñanzas de grado
y posgrado en las que está prevista la realización de actividades en prácticas externas por
parte de los estudiantes en instituciones públicas o privadas. Con ello pretende ampliar los
conocimientos de los estudiantes de acuerdo con su específica vocación, a fin de
complementar la formación teórica con la formación práctica que requiere el desarrollo de
actividades profesionales, y todo ello, en un entorno que proporcione a los estudiantes un
conocimiento más profundo y cercano de las competencias que necesitarán en el futuro,
acercarles a las realidades del ámbito profesional en el que ejercerán su actividad y reforzar
su compromiso con la empleabilidad.
IV. Es competencia del Ministerio de Cultura colaborar con la USAL para la
realización de actividades docentes y para promover la utilización y el conocimiento
práctico de los archivos, centros y servicios, en cumplimiento de las funciones atribuidas
a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Subdirección General de los
Archivos Estatales con objeto de contribuir a su formación integral, facilitar el
conocimiento de la metodología de trabajo para un mejor desempeño de su trabajo
profesional, favorecer el desarrollo de competencias en este ámbito, el emprendimiento y
la empleabilidad del estudiante.
V. Que la USAL desea establecer un marco de cooperación e integración adecuado
con aquellas instituciones que coadyuven al mejor desempeño de sus actividades
docentes e investigadoras. Para ello considera que los archivos, centros y servicios,
dependientes de la Subdirección General de los Archivos Estatales, constituyen un
entorno profesional especializado en archivística y en documentación histórica que
contribuirá a la formación y preparación técnica de los alumnos y servirá para promover
el conocimiento y difusión de las instituciones de archivos y del tratamiento documental
de los fondos. Constituyendo el ámbito idóneo para que los estudiantes de la USAL se
inicien en la materialización práctica de sus conocimientos teóricos. Los archivos,
centros y servicios, dependientes de la Subdirección General de los Archivos Estatales,
colaborarán con sus propios medios materiales y personales sin que el presente
convenio suponga gasto o coste adicional alguno.

cve: BOE-A-2024-6942
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Núm. 86