III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6940)
Resolución de 1 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se modifican las condiciones de la Resolución de 20 de enero de 2023, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas solares fotovoltaicas Rey I Solar PV de 120 MWp, Rey II Solar PV de 120 MWp, Rey III Solar PV de 120 MWp, Rey IV Solar PV de 120 MWp y su infraestructura de evacuación, en Carmona (Sevilla)".
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 39482

a largo plazo –las medidas se aplicarían durante toda la vida útil del proyecto– una
composición heterogénea de vegetación y usos del suelo, con objeto de alcanzar un
hábitat óptimo que permita mejorar las condiciones ambientales para el cernícalo primilla
y para otras especies de aves ligadas a agrosistemas de secano.
El promotor argumenta que el informe técnico presentado acredita que concurren
«mejores técnicas disponibles» para la preservación de un hábitat de conservación
adecuado para el cernícalo primilla en la zona, como son la implantación de «agricultura
de conservación en 259 ha en torno al proyecto», el establecimiento de una «zona de
amortiguación» de 75 metros de radio en torno a los primillares, la construcción de dos
nuevos primillares en las condiciones expresadas, etc. Asimismo, señala que se trata de
«nuevas» técnicas disponibles, en tanto se trata de un análisis original, novedoso y
particular sobre las medidas de «restauración» y «remediación» adecuadas para la
conservación del cernícalo primilla en la zona del proyecto, elaborado con posterioridad
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
En consecuencia, el promotor solicita la sustitución de la condición transcrita
anteriormente por la siguiente:
«La zona donde se plantea la instalación de las plantas "Rey Solar PV" está
altamente condicionada por la actividad agrícola intensiva existente en la actualidad.
La presencia de cernícalo primilla en este entorno/paraje es posible gracias a la
existencia de construcciones que pueden albergar puntos de nidificación, pero
probablemente estos ejemplares requieran desplazamientos importantes para cubrir sus
necesidades alimenticias. Estos puntos de nidificación conocidos pueden tratarse del
remanente de las colonias que antaño albergó la zona y/o ser un sumidero poblacional
nutrido por dispersantes desde áreas de mayor calidad ambiental, no siendo descartable
que la especie pueda llegar a desaparecer de la zona en un futuro no muy lejano si
perduran las condiciones ambientales actuales.
Se aplicarán determinadas medidas restauradoras –adicionales– de mejora en los
hábitats de caza, mantenidas a largo plazo (durante toda la vida útil del proyecto) y
dentro del rango normal de desplazamiento de la especie, en una superficie mínima
de 250 hectáreas. Estas actuaciones podrán ser: la recuperación de tierras en barbecho,
linderos y pastizales, el mantenimiento de rastrojos, la eliminación o reducción del uso de
agroquímicos en cultivos activos y/o la conservación de edificaciones que permitan la
nidificación.
Estas medidas supondrán una mejora sustancial en términos cuantitativos y
cualitativos rehabilitando ecológicamente el entorno de los actuales puntos de
nidificación, ya que se consideran acciones esenciales para incrementar el número de
parejas y garantizar la persistencia de la especie a largo plazo.
Los primillares próximos a colonias activas bajo ningún concepto deberían ser
construidos durante la época de nidificación (1 de marzo-15 de julio).
Se considera esencial la coexistencia de los edificios ocupados en la actualidad con
los primillares de nueva construcción durante al menos una temporada reproductiva, en
aras de aumentar la probabilidad de ocupación natural de los mismos y de que en ningún
momento se vea disminuida la oferta de sustratos de nidificación.
Para minimizar la probabilidad de depredación de pollos y adultos, se recomienda
modificar el diseño de, al menos, uno de los primillares propuestos siguiendo el
«modelo DEMA» de primillar cerrado al exterior.
Incluir el seguimiento pormenorizado de las colonias de primilla y de los primillares
de nueva construcción por parte de personal experimentado para evaluar la respuesta de
la población reproductora de la especie.
Estudiar el uso del espacio y la selección del hábitat de caza que hace la especie en
toda la zona de actuación. Se recomienda el marcaje de primillas reproductores con
dispositivos GPS para evitar los sesgos inherentes a otras metodologías. De este modo
se podrán determinar con precisión las áreas de campeo y el grado de uso de los
espacios dejados entre seguidores fotovoltaicos, además de las zonas de conservación
mantenidas entre plantas.

cve: BOE-A-2024-6940
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 86