III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6939)
Resolución de 1 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de construcción de la reparación de la escollera del Canal de La Illeta, en el término municipal de Orpesa/Oropesa del Mar (Castellón)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 8 de abril de 2024

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El documento ambiental incorpora un estudio de adaptación del proyecto al cambio
climático, el cual, considerando los resultados obtenidos en el modelo de propagación de
la elevación del nivel del mar asociada al cambio climático, concluye que no se
generarán variaciones importantes en el oleaje, por lo que se considera adecuado el
dimensionamiento propuesto en el proyecto. En cuanto a las dinámicas resultantes del
cambio climático, teniendo en cuenta las distintas proyecciones disponibles, se espera
que, en 50 años, los valores de altura de ola significante en régimen estacional sean
similares a los actuales.
El Servicio de Agenda Climática de la Dirección General de Calidad y Educación
Ambiental de la Generalitat Valenciana informa que el documento ambiental es acorde
con los objetivos de la Ley 7/2021, de Cambio climático y transición energética, con los
fines del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático y con las Estrategias estatal y
autonómica de Cambio Climático. Además, aunque el proyecto tiene en cuenta las
especificaciones del Reglamento General de Costas (Real Decreto 876/2014, de 10 de
octubre), considera conveniente revisar y considerar las proyecciones climáticas
utilizadas en la estimación de los efectos del cambio climático en el litoral, siguiendo los
criterios recogidos en su informe.
La Oficina de Cambio Climático del MITECO recomienda que se realice el cálculo de
la huella de carbono asociada al proyecto, teniendo en cuenta todas las fases del ciclo
de vida del proyecto, con el fin de proponer alternativas para reducir y compensar la
huella de carbono.
El promotor muestra su conformidad con estas condiciones indicando que el proyecto
incluirá la revisión de las proyecciones y el cálculo de la huella de carbono.
c.5

Biodiversidad y espacios protegidos.

Según el documento ambiental, para la obtención de la topografía y batimetría de
detalle de la zona de actuación, se han realizado estudios de campo específicos
mediante sonar de barrido lateral y cámara submarina, identificando principalmente las
siguientes biocenosis marinas:

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Dirección Territorial de Medio
Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio de Castellón de la Generalitat Valenciana
informa que la zona de actuación corresponde con biocenosis de «comunidad de roca
mediolitoral sobre sustrato natural». En torno a ella, se localiza la «comunidad de arenas
finas bien calibradas», a unos 600 metros al norte, se localizan las praderas de
Posidonia oceánica, y a unos 870 metros al noreste, praderas de Cymodocea nodosa.
Por su parte, la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del
MITECO matiza que, si bien es cierto que rodeando el canal de la Illeta hay fondos
arenosos biológicamente empobrecidos, los fondos sobre los que se asentará la
escollera y que serán directamente afectados, no poseen naturaleza sedimentaria, sino
rocosa (bloques, bolos y restos de la escollera existente), y pueden acoger importantes
comunidades de algas fotófilas e invertebrados sésiles.
En cuanto a las especies protegidas presentes en el ámbito de actuación, según el
Banco de Datos de la Biodiversidad de la Comunidad Valenciana, el documento ambiental
destaca la presencia, aparte de la Posidonia oceánica, de las siguientes especies:
– Nacra (Pinna nobilis): molusco bivalvo incluido en el Listado de Especies Silvestres
en Régimen de Protección Especial (LESRPE), y en el Catálogo Español de Especies
Amenazadas (CEEA), bajo la categoría de «en peligro de extinción». Además, ha sido

cve: BOE-A-2024-6939
Verificable en https://www.boe.es

– Biocenosis de arenas finas bien calibradas. Distribuida en los fondos
inmediatamente adyacentes a la posición que tomará la escollera.
– Biocenosis fotófilas en modo calmo. Distribuida a aproximadamente 500 m del
ámbito de la actuación, a profundidades de en torno a 5 m.
– Pradera de Posidonia oceánica. Distribuida a aproximadamente 500 m del ámbito
del ámbito de la actuación, intercalada con las biocenosis fotófilas en modo calmo.