III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6938)
Resolución de 1 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo para la integración urbana del ferrocarril en Zorrotza (Bilbao)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 8 de abril de 2024

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47. La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia
ambiental completado con las prescripciones anteriores.
Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta
declaración deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o
en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 1 de abril de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental,
Marta Gómez Palenque.
ANEXO I
Consultas a las Administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones
Consultados*

Contestaciones

Subdelegación del Gobierno en Bizkaia.

No

Agencia Estatal de Meteorología. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

No

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

No

Dirección General de la Costa y el Mar. Subdirección General de Dominio Público Marítimo Terrestre. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.



Dirección General de la Costa y el Mar. Demarcación de Costas del País Vasco en Bizkaia. Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico.



Oficina Española del Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.



Instituto Geográfico Nacional.



Instituto Geológico y Minero de España.



Consejo Asesor de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.



ADIF Alta Velocidad. Presidencia.



ADIF. Presidencia.

No

Ministerio de Defensa.



Presidencia del Gobierno Vasco. Gobierno Vasco.

No

Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático. Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental. Gobierno Vasco.



Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular. Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental. Gobierno Vasco.



Dirección de Planificación Territorial y Agenda Urbana. Viceconsejería de Planificación Territorial y Agenda Urbana.

No

Viceconsejería de Vivienda. Gobierno Vasco.

No

Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria. Gobierno Vasco.

No

Viceconsejería de Industria. Gobierno Vasco.

No

Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes. Gobierno Vasco.

No

Dirección de Patrimonio Cultural. Viceconsejería de Cultura. Gobierno Vasco.



cve: BOE-A-2024-6938
Verificable en https://www.boe.es

Tabla 1.