III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Subvenciones. (BOE-A-2024-6694)
Resolución de 2 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se concede una subvención directa al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos, para la asistencia psicológica a las víctimas de los delitos, para el ejercicio presupuestario 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Jueves 4 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
6694

Resolución de 2 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por
la que se concede una subvención directa al Consejo General de Colegios
Oficiales de Psicólogos, para la asistencia psicológica a las víctimas de los
delitos, para el ejercicio presupuestario 2024.

Con fecha 13 de marzo de 2024 se ha publicado en «Boletín Oficial del Estado» el
Real Decreto 248/2024, de 12 de marzo, por el que se regula la concesión directa de
subvenciones al Consejo General de la Abogacía Española y al Consejo General de los
Procuradores de España en materia de prestación de asistencia jurídica gratuita, y al
Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos para la asistencia psicológica a las
víctimas de los delitos, para el ejercicio presupuestario 2024.
Instruido el procedimiento de concesión directa y acreditado que el Consejo General
de Colegios Oficiales de Psicólogos cumple con los requisitos previstos en el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la
condición de beneficiario de la subvención, así como estar al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo
con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento de desarrollo de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, y no es deudora por procedimiento de reintegro,
Esta Secretaria de Estado, a propuesta de la Dirección General para el Servicio
Público de Justicia, resuelve:
Primero.

Segundo.
La subvención concedida tiene por objeto:
1. Indemnizar las actuaciones profesionales que realicen psicólogas y psicólogos
en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10 y 28 de la Ley 4/2015, de 27 de
abril, del Estatuto de la víctima del delito, en las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del
Delito dependientes del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes, en la Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la

cve: BOE-A-2024-6694
Verificable en https://www.boe.es

Conceder al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos una subvención
directa por importe de 1.051,80 miles de euros, con cargo al crédito disponible en la
aplicación presupuestaria 13.02.112A.488 del presupuesto de gastos del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes para la prestación de atención
psicológica a las víctimas de todo tipo de delito, en el ámbito de competencia del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de otras Administraciones o
entes públicos o privados, si bien, en ningún caso, el importe de los fondos recibidos
podrá superar el coste de la actividad subvencionada. El Consejo General de Colegios
Oficiales de Psicólogos queda obligado a comunicar al Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes en el momento de su concesión, si cuenta con algún
tipo de ayuda o subvención para los mismos fines, cuantía, entidad concedente o posible
concedente y fecha de concesión.