III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-6696)
Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento del Puerto del Rosario, para la prestación del servicio contra incendios, salvamento, rescate y protección civil en el puerto de Puerto del Rosario.
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Núm. 83

Jueves 4 de abril de 2024

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La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los
perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
El cumplimiento y la resolución del Convenio dará lugar a la liquidación del mismo
con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes
según lo estipulado en el artículo 52 de la Ley 40/2015. Si cuando concurra cualquiera
de las causas de resolución del Convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las
partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, podrán acordar la continuación y
finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un
plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación de las mismas.
Octava.

Modificación del convenio.

La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes adoptado en el seno de la Comisión de Seguimiento. Cualquier modificación se
formalizará mediante la correspondiente adenda al convenio.
Novena.

Régimen jurídico y resolución de controversias.

El presente Convenio se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Sin perjuicio de
las funciones que se atribuyen a la Comisión de Seguimiento, las cuestiones litigiosas
que puedan plantearse respecto a la aplicación, interpretación y cumplimiento de su
contenido serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

cve: BOE-A-2024-6696
Verificable en https://www.boe.es

Y para que así conste y en prueba de conformidad, las partes firman y rubrican el
presente documento por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados
en el encabezamiento.–Por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, el Alcalde, Cristóbal
David de Vera Cabrera.–Por la Autoridad Portuaria de Las Palmas, la Presidenta, Beatriz
Calzada Ojeda.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X