III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-6700)
Resolución de 1 de abril de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para el desarrollo de la edición 2024-25 del Programa Estatal de Circulación de Espectáculos de Artes Escénicas en Espacios de las Entidades Locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 4 de abril de 2024

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índice como la relación entre la recaudación total de todos los espectáculos de la
programación «Platea» y la suma total de los cachés de los mismos. Esto es: índice de
autofinanciación = (recaudación «Platea»/suma cachés) x 100.
Conforme a los objetivos del programa, y en lo que respecta al número de
espectáculos que comprende su oferta por temporada, las entidades locales adheridas
se comprometen a lo siguiente:
– Entidades locales con una oferta anterior a la entrada en «Platea» inferior a los 40
espectáculos por año (para incorporaciones producidas hasta la edición 2021-22) o
temporada (para incorporaciones a partir de la edición 2022-23) el total de lo programado
en cada temporada no podrá ser inferior al número ofertado antes de la entrada en el
programa más el número de espectáculos de «Platea».
– Entidades locales con una oferta anterior a la entrada en «Platea» entre los 40 y
los 80 espectáculos por año/temporada: el total de la oferta por temporada no podrá ser
inferior a 40.
– Entidades locales con una oferta anterior a la entrada en «Platea» superior a
los 80 espectáculos por año/temporada: el total de la oferta por temporada no podrá ser
inferior a 80.
En consonancia con los requisitos de acceso, los espectáculos que se computarán a
estos efectos serán los que se enmarquen en las características de género escénico
deducibles de los catálogos de «Platea» de sus sucesivas ediciones.
Aunque su solicitud de renovación sea admitida, las propuestas de programación de
las entidades locales que no alcanzaron el 15 % de autofinanciación en 2022-23 y
recibieron en 2023-24 la visita técnica del INAEM no serán aprobadas si en la fecha en
que en se produzca la aprobación de las propuestas no se hubiera recibido el plan de
acción encaminado a mejorar sus resultados.
Con anterioridad al inicio de las representaciones, el INAEM publicará en la página
web del programa y en la aplicación el listado de las propuestas de programación
aprobadas, prevaleciendo siempre los datos reflejados en esta última.
7. Firma y condiciones de los contratos
«Platea» se instrumentará mediante contratos de actuación artística suscritos con
anterioridad a la realización de las representaciones incluidas en las propuestas de
programación aprobadas. Serán necesarios dos contratos: uno entre la entidad local y la
compañía –con las condiciones pactadas en la carta-compromiso– y otro entre el INAEM
y la compañía. Los contratos suscritos por el INAEM se tramitarán conforme a la Ley de
Contratos del Sector Público, al igual que los celebrados por las entidades locales, salvo
que dicha ley no sea de aplicación por ser una entidad no sujeta a la misma la que
gestiona el espacio escénico local.
El modelo al que deben ajustarse los contratos entre compañías y entidades locales
se aprobará en la comisión mixta de coordinación y seguimiento del presente convenio,
sin perjuicio de las adaptaciones necesarias para adaptarlo al régimen jurídicopresupuestario de cada entidad local. Dicho contrato, una vez firmado, deberá ser
comunicado por la entidad gestora del espacio al INAEM con una antelación mínima de
dos semanas respecto a la fecha de la representación, y formará parte inseparable del
contrato de la compañía con el INAEM.
Sin perjuicio de lo anterior, las condiciones económicas establecidas en dichos
contratos serán las siguientes:
Valor medio garantizado, valor medio efectivo y precio de venta de las entradas.
En cada una de las funciones integradas en «Platea», se pactará un valor medio
garantizado de las localidades. El valor medio garantizado se acordará libremente

cve: BOE-A-2024-6700
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 83