T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Autos. (BOE-A-2024-6676)
Pleno. Auto 22/2024, de 28 de febrero de 2024. Recurso de inconstitucionalidad 6521-2023. Mantiene parcialmente la suspensión en el recurso de inconstitucionalidad 6521-2023, interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento de Galicia 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82

Miércoles 3 de abril de 2024

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SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
6676

Pleno. Auto 22/2024, de 28 de febrero de 2024. Recurso de
inconstitucionalidad 6521-2023. Mantiene parcialmente la suspensión en el
recurso de inconstitucionalidad 6521-2023, interpuesto por el presidente del
Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento de
Galicia 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de
Galicia.

ECLI:ES:TC:2024:22A
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa
Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan Carlos Campo Moreno y
doña Laura Díez Bueso, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 6521-2023,
interpuesto por el presidente del Gobierno, en relación con la Ley 4/2023, de 6 de julio,
de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia, ha dictado, con ponencia del
magistrado don César Tolosa Tribiño, el siguiente
AUTO
Antecedentes

1. Mediante escrito presentado en el registro de este tribunal el día 11 de octubre
de 2023, el abogado del Estado, en nombre del presidente del Gobierno, interpuso
recurso de inconstitucionalidad frente a diversos apartados e incisos de otros tantos
artículos, así como de la disposición final primera y la disposición final quinta de la
Ley 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia
(Ley 4/2023).
Según el recurso, la Comunidad Autónoma de Galicia se ha extralimitado en sus
competencias y ha invadido la competencia exclusiva del Estado derivada de su
titularidad dominical (art. 132.2 CE) y ejercida a través de la Ley 22/1988, de 28 de julio,
de costas y el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento general de costas. Atribuye dicho vicio de inconstitucionalidad, en el
fundamento tercero, a los arts. 1.2 d) y g); 2.1 y 2.2; 23.2 d), g) e i); 24.3 c), e) y f); 27.3
c); 34.2 a) y b), 34.3; 35.2 a), b) y c); 36.2 a), b) y c); 40.2 y 40.3; 41.2 a), b), c) y d); 46.3
a) y b); 48.3; 49.1 en el inciso «salvo que estén sujetos a declaración responsable de
acuerdo con lo dispuesto en el apartado siguiente»; 49.2, 49.3 y 49.4; 57.3; 58.3
segundo párrafo, en el inciso final «[h]asta la celebración del convenio, corresponde a la
persona titular del bien cumplir las obligaciones derivadas de la legislación de patrimonio
cultural»; 60.3; y a la disposición final primera de la Ley 4/2023; y, en el fundamento
quinto de su escrito de impugnación a los arts. 2.1 y 2.2; 3 a); 11.4 b) y 11.5 b); 35.3;
41.3; 46.2; 48.1, 48.4 y 48.5; 52; 53.1 inciso «todos los títulos de intervención requeridos
por la normativa vigente», 53.3 y 53.4; 62.5 inciso inicial «[c]uando el otorgamiento del
título de ocupación corresponda a la administración general de la Comunidad Autónoma
de Galicia conforme a lo previsto en el artículo 48»; y disposición final quinta en el inciso
«salvo lo establecido en el artículo 48.1» de la Ley 4/2023.
Por otra parte, considera que la Comunidad Autónoma de Galicia ha extendido sus
competencias autonómicas sobre el mar territorial, censurando por ello en el fundamento

cve: BOE-A-2024-6676
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I.