III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-6610)
Resolución de 8 de marzo de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, para la realización conjunta de contrataciones específicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Martes 2 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
6610

Resolución de 8 de marzo de 2024, de la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la
Adenda de prórroga del Convenio con la Entidad Pública Empresarial ADIFAlta Velocidad, para la realización conjunta de contrataciones específicas.

Habiendo sido suscrita el 7 de marzo de 2024, la Adenda de prórroga del convenio
entre la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF)
y la entidad pública empresarial ADIF-Alta Velocidad, para la realización conjunta de
contrataciones específicas, procede, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8
del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, sobre convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de
sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Adenda, que figura como anexo a
esta resolución.
Madrid, 8 de marzo de 2024.–El Presidente de la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Ángel Contreras Marín.
ANEXO
Adenda de prórroga del convenio entre la entidad pública empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y la entidad pública
empresarial ADIF-Alta Velocidad, para la realización conjunta de contrataciones
específicas
Madrid, 7 de marzo de 2024.

De una parte, don Ángel Contreras Marín, Presidente de la entidad pública
empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), con NIF Q-2801660H,
en virtud del Real Decreto 1049/2023, de 7 de diciembre, actuando en nombre y
representación de la citada entidad en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas
por el artículo 23.2.a) del Estatuto de ADIF, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004,
de 30 de diciembre, y con domicilio a efectos del presente convenio en calle Sor Ángela
de la Cruz, núm. 3, CP 28020 Madrid.
Y de otra, don Juan Pablo Villanueva Beltramini, en su calidad de Director General
de la entidad pública empresarial ADIF-Alta Velocidad, con NIF Q-2802152E, en el
ejercicio de las facultades de representación otorgadas por Resolución de la
Presidenta de la entidad pública empresarial ADIF-Alta Velocidad, de 29 de junio
de 2021, por la que se delegan determinadas competencias en órganos internos de la
entidad, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 235, de 1 de octubre
de 2021, marginal 16006.

cve: BOE-A-2024-6610
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