III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-6608)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de A Coruña, para la ejecución de la terminal de autobuses, el aparcamiento de turismos y los elementos comunes de la remodelación de la estación ferroviaria en su integración en un área de intermodalidad de transporte de viajeros en A Coruña-San Cristóbal, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Martes 2 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 37638

5. Recibir conjuntamente las obras de titularidad de ADIF objeto de esta actuación
con la Consellería de Infraestructuras y Movilidad asumiendo la gestión, conservación y
mantenimiento de la parte que le corresponda, sin perjuicio de la constitución de un
complejo inmobiliario en los términos recogidos en el Convenio firmado el 25 de mayo
de 2021.
D)

Compromisos del Ayuntamiento de A Coruña.

El Ayuntamiento de A Coruña se compromete a:
1. Financiar el uno y medio por ciento (1,5 %) correspondiente a la cantidad
máxima de 161.377,55 euros de las obras y de los contratos de asistencia técnica
necesarios para su ejecución, que incluye los posibles modificados, liquidaciones,
revisiones de precios, en su caso, y demás incidencias con contenido económico que
surjan durante la ejecución de las obras y los servicios, siempre que estén debidamente
justificados.
2. Poner a disposición de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad libres de
cargas y gravámenes los terrenos necesarios para la ejecución de las obras objeto de
esta actuación en el plazo máximo de diez días, desde la fecha de puesta a disposición
por parte de ADIF.
3. Formalizar el acta de entrega de las obras objeto de esta actuación con la
Consellería de Infraestructuras y Movilidad que asumirá la titularidad de la parte que le
corresponda, sin perjuicio de la constitución de un complejo inmobiliario en los términos
recogidos en el Convenio firmado el 25 de mayo de 2021.
E)

Justificación y pago.

Relación de la Xunta de Galicia con ADIF:

Teniendo en cuenta el libramiento económico realizado por el Concello de A Coruña
(268.962,59 euros) para el cumplimiento de la obligación asumida por esta
administración en el apartado D) de la cláusula tercera del convenio de colaboración
firmado el 22 de marzo de 2022 es mayor que la cantidad económica que tiene que librar
dicho ayuntamiento de acuerdo al nuevo régimen de financiación previsto en el
apartado D de la cláusula tercera de esta adenda (161.377,55 euros), las partes
entienden cumplida su obligación de financiación y pago, sin perjuicio de la aplicación del
resto de obligaciones relativas a la justificación previstas en esta cláusula.
Igualmente, la diferencia económica (107.585,04 euros) a favor del Concello da
Coruña se tendrá en cuenta a los efectos de calcular los libramientos económicos que
esta administración debe realizar en relación a la financiación del Proyecto de Terminal

cve: BOE-A-2024-6608
Verificable en https://www.boe.es

La Consellería de Infraestructuras y Movilidad de la Xunta de Galicia hará constar en
los pliegos reguladores de la licitación, que, por cada certificación o documento
acreditativo de la ejecución de los servicios, la empresa adjudicataria emitirá las facturas
a nombre de ADIF y de la Conselleria de Infraestructuras y Movilidad de la Xunta de
Galicia, por la parte proporcional correspondiente a la participación de cada una de ellas
establecidas en la actuación objeto de este proyecto.
Cada entidad será responsable de abonar el importe correspondiente a estas
facturas, una vez validados y aceptados por la Consellería de Infraestructuras y
Movilidad, en plazo y forma de tal manera que no se produzca impacto en la ejecución
de los trabajos.
En atención a lo recogido en la cláusula tercera, apartado B3, la tasa por dirección de
obra y dirección de proyectos en materia de infraestructuras regulada en la Ley 6/2003,
de 9 de diciembre, será liquidada íntegramente, por parte de la Consellería de
Infraestructuras y Movilidad, con cargo a la factura emitida a su nombre en cada
certificación.
Relación de la Xunta de Galicia con el Ayuntamiento de A Coruña: