III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-6609)
Resolución de 6 de marzo de 2024, de Puertos del Estado, por la que se publica la Adenda modificativa y prórroga al Convenio por el que se establecen las aportaciones financieras de la Autoridad Portuaria de Barcelona con cargo al Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, para la actuación de implementación de apartaderos y mejoras en los corredores ferroviarios Madrid-Barcelona y Zaragoza-Pamplona para trenes de 750 metros. Primera fase: Tramo Zaragoza-Reus.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Martes 2 de abril de 2024

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así como a la mejora de las redes generales de transporte de uso común, a los
efectos de potenciar la competitividad del transporte intermodal de mercancías
viario y ferroviario.
Este precepto legal ha sido objeto de desarrollo reglamentario por el Real
Decreto 707/2015, de 24 de julio, por el que se regula el Fondo Financiero de
Accesibilidad Terrestre Portuaria. Este Fondo se nutre, entre otras, con las
aportaciones que, con naturaleza de préstamo, realicen los organismos públicos
portuarios, que tendrán carácter obligatorio o voluntario en los términos que se
determinan en los artículos 4 y 5 de dicho Real Decreto 707/2015.
Su artículo 4.4 del Real Decreto 707/2015, de 24 de julio, dispone que “los
organismos públicos portuarios podrán compensar las aportaciones obligatorias
cuyo desembolso sea exigido con los pagos efectuados, así como con los
previstos en el presupuesto del ejercicio de desembolso de la aportación, una vez
deducidas las subvenciones asociadas a los mismos, correspondientes a
inversiones y aportaciones patrimoniales en aquellas obras que estén financiadas
con el Fondo o, sin estar financiadas por el mismo, cumplan sus requisitos y
finalidad, siempre que estén contempladas en el correspondiente presupuesto y
hayan sido aprobadas para su compensación por el Comité de Distribución del
Fondo de Compensación Interportuario. A la finalización del ejercicio se
regularizarán, en su caso, las compensaciones atendiendo a los pagos
efectivamente realizados, imputando el saldo resultante a los desembolsos del
ejercicio siguiente o sucesivos”.
De conformidad con lo estipulado en el precepto transcrito en el párrafo
precedente, la APB está en condiciones de contribuir a través del Fondo
Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria a la financiación de la actuación de
“Implementación de apartaderos y mejoras en el corredor ferroviario MadridBarcelona para trenes de 750 m”, correspondiente a la primera fase (tramo
Zaragoza-Reus), conforme al acuerdo alcanzado por unanimidad por el Comité de
Distribución del Fondo de Compensación Interportuario en su reunión del 19 de
septiembre de 2019, y en los términos regulados por este convenio.
La contribución de la APB se enmarca dentro los supuestos de actuación
previstos en el artículo 159.bis) del TRLPEMM antes citado y ha sido contemplada
en la programación del citado Fondo con el carácter de “a compensar” con las
aportaciones obligatorias al mismo que corresponden a la APB. Así mismo, se
encuentra recogida en el Plan de Inversiones vigente de la APB, integrado en el
correspondiente Plan de Empresa acordado con Puertos del Estado.
Por su parte, la actuación se recoge en los Presupuestos Generales del
Estado en vigor en el código 5160 bajo la denominación “Actuaciones en
Mercancías” y 6803 bajo la denominación “Terminales intermodales y logísticas y
accesos a puertos”.»
Se añade un nuevo expositivo 4 (bis), con la siguiente redacción:

El 27 de abril de 2021 el Consejo de Ministros acordó la aprobación del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante PRTR) financiado por
la Unión Europea a través del Instrumento “Next Generation EU” y su remisión a la
Comisión Europea para continuar con el trámite de aprobación previsto en el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de
febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (en adelante MRR). El 6 de julio de 2021 el Consejo de la Unión
Europea, a propuesta de la Comisión Europea, adoptó la Decisión de Ejecución
relativa a la aprobación del PRTR de España.
Dentro del PRTR, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible lidera
tres componentes, uno de los cuales trata de promover aquellos proyectos que

cve: BOE-A-2024-6609
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