III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-6607)
Resolución de 16 de marzo de 2024, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con el Servicio Catalán de Tráfico, para colaborar en materia de seguridad vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Martes 2 de abril de 2024

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mismas, de acuerdo con la vigente normativa de protección de datos (Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, y
el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril,
relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos, sin perjuicio de la aplicación de la
legislación sobre gestión y preservación de la documentación administrativa).
Octava.

Naturaleza jurídica y jurisdicción.

Este convenio queda sometido al régimen jurídico previsto en el capítulo VI título
preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, por
la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las
administraciones públicas de Cataluña, y por la legislación sectorial correspondiente, así
como por las normas generales de derecho administrativo, los principios de buena
administración y el ordenamiento jurídico, en general.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución
y efectos que se puedan derivar del presente convenio se resolverán entre las partes
mediante la Comisión de Seguimiento, agotando todas las formas posibles de
conciliación con el fin de llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. Si no, serán
competentes para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del
orden contencioso administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

cve: BOE-A-2024-6607
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de total conformidad, las partes suscriben el presente
convenio, por triplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el
Servicio Catalán de Tráfico, el Presidente, Joan Ignasi Elena i Garcia.–Por la Autoridad
Portuaria de Barcelona, el Presidente, Josep Lluís Salvadó i Tenesa.