V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. (BOE-B-2024-11777)
Extracto de la Resolución de 21 de marzo de 2024 de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2024
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Martes 2 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 17186

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

11777

Extracto de la Resolución de 21 de marzo de 2024 de la Presidencia de
la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
por la que se aprue ba la convocatoria pública de conce sión de
subvenciones para la realización de proyectos de cooperación para el
desarrollo correspondiente al año 2024

BDNS(Identif.):750791
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
750791)
Primero - Entidades Beneficiarias:
a)
Las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que hayan
sido legalmente constituidas como mínimo cinco años antes de la publicación del
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se encuentren
inscritas en el Registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional para
el Desarrollo en la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
b)
Las agrupaciones de organizaciones no gubernamentales para el
desarrollo sin personalidad jurídica, siempre que cada uno de sus miembros reúna
por sí mismo los requisitos exigidos para su concurrencia de modo individual.
Segundo. Objeto:
La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia
competitiva, las subvenciones públicas para la realización de proyectos de
cooperación internacional para el desarrollo.
Se considerarán proyectos de cooperación para el desarrollo los destinados al
desarrollo de actuaciones en los siguientes ámbitos:
A.
Proyectos de desarrollo en un solo país, consistentes en un conjunto de
actuaciones diseñadas para lograr un objetivo específico de desarrollo en las áreas
geográficas y sectores priorizados en la convocatoria.

C.
Proyectos dirigidos a atender las necesidades de la Población Saharaui,
refugiada en Tinduf (Argelia) y que se enmarquen en la Estrategia humanitaria
vigente de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
para este contexto.
Tercero. Bases Reguladoras:

cve: BOE-B-2024-11777
Verificable en https://www.boe.es

B.
Proyectos de Educación para el desarrollo y la ciudadanía global cuyo
objetivo es promover un modelo de ciudadanía global capaz de contribuir a la
lucha contra la pobreza y la promoción del desarrollo de los pueblos, desde un
enfoque de derechos humanos, y para la promoción del comercio justo.