II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado. (BOE-A-2024-6442)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado.
15 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Lunes 1 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 37156

II. Valoración
II.A) Fase de oposición.
Los distintos ejercicios de que consta la convocatoria se calificarán en la siguiente
forma:
Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los temas
desarrollados y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos para
superar el ejercicio.
Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada una de las lenguas
siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos en cada una de ellas para superar
el ejercicio y de cero a cuatro puntos, cada una de las restantes lenguas de las que se
examine el opositor voluntariamente. Los puntos obtenidos por los opositores en las
lenguas voluntarias solamente serán computados en la puntuación total de ejercicio
cuando alcancen, como mínimo, el 50 por 100 de la puntuación máxima posible por cada
lengua.
Tercer ejercicio: Se calificará de cero a veinte puntos cada uno de los temas
desarrollados y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos en cada uno de ellos
para superar el ejercicio.
Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada par de temas y supuestos
desarrollados y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada par para superar
el ejercicio.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Con respecto al segundo ejercicio, las personas aspirantes al Cuerpo de Diplomados
Comerciales que, en la presente convocatoria, obtengan una nota superior al 70 % de la
calificación máxima prevista en cada uno de los idiomas obligatorios, pero no hubieran
obtenido plaza, en la convocatoria del proceso selectivo inmediatamente posterior
quedarán exentas de realizar el segundo ejercicio de la fase de oposición y conservarán
la nota resultante del conjunto del segundo ejercicio. En la convocatoria inmediatamente
posterior en la que se presente con la nota conservada del segundo ejercicio no se podrá
modificar la misma, por lo que queda excluida la posibilidad de examinarse de uno o más
idiomas voluntarios adicionales.
Aquellos aspirantes que, por darse las circunstancias para ello, puedan acceder a la
conservación de la nota del segundo ejercicio, deberán solicitarlo expresamente al
Tribunal Calificador.
La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente
cuando el contenido del temario y su forma de calificación sean análogos.
A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen
algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima obtenida
en el mismo proceso, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria
inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación
sean análogos.

Para la calificación de este curso, la Subsecretaría de Economía, Comercio y
Empresa, otorgará la calificación de «apto» o no «apto», vistos los informes de las
Instituciones de formación designadas para impartir las materias, siendo necesario para
superarlo obtener la calificación de «apto».
III.

Elección de destinos

La calificación final del proceso selectivo y la prioridad para la elección de destino,
vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de
los ejercicios de la fase de oposición.

cve: BOE-A-2024-6442
Verificable en https://www.boe.es

II.B) Curso selectivo.