II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado. (BOE-A-2024-6442)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado.
15 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Lunes 1 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 37155

de cuarenta minutos en total, elegidos entre dos pares, un par de cada parte, extraídos al
azar del programa que figura en el anexo II. Para la preparación de ambos temas el
opositor dispondrá de treinta minutos.
Concluida la exposición oral, el tribunal podrá dialogar con el opositor durante quince
minutos, como máximo, sobre cuestiones relativas a los temas que hayan sido objeto de
exposición.
Cuarto ejercicio: Tendrá carácter teórico-práctico. Consistirá en una prueba escrita en
la cual los opositores desarrollarán, en un plazo máximo de tres horas, dos temas
elegidos por los opositores de entre dos pares extraídos al azar por el Tribunal (un par de
la parte primera, Técnicas comerciales y marketing internacional, y otro de la parte
segunda, Organización del Estado) del programa que figura en el anexo II. Además, se
añadirán ocho preguntas de carácter práctico sobre la totalidad del temario del cuarto
ejercicio de la oposición (cuatro preguntas de la primera parte y cuatro preguntas de la
segunda). Posteriormente, los opositores realizarán la lectura del texto de los temas
desarrollados y de las preguntas ante el Tribunal.
Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que
han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por
cada opositor, sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de
candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y
asignará destino inicial a las personas aspirantes que hubieren superado el proceso
selectivo. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado».

Todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición realizarán un curso
selectivo que será organizado por la Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa,
en colaboración con Instituciones privadas y públicas de formación de funcionarios, que
deberán superar con aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición
de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio
de las funciones propias del Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado.
En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.
Tendrá una duración máxima de dos meses lectivos.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, podrá dar lugar a la imposibilidad de
concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el
derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia
corresponderá a la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de
calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real
Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las
vacaciones de los funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo
con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado,
aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, se disfrutarán durante el mes de
agosto del año en que se realice el curso selectivo.

cve: BOE-A-2024-6442
Verificable en https://www.boe.es

I.B) Curso selectivo.