II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado. (BOE-A-2024-6442)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Lunes 1 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 37151

Los aspirantes con discapacidad podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas, a fin de asegurar
su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar
el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado
origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda
valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada.
3.

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
4.

Titulación

Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto
Técnico o Grado, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero, deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en
su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de
aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
derecho comunitario.
5.

Nacionalidad

Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido
en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público
de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de
otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
6.

Lista de candidatos del proceso selectivo

De acuerdo con lo previsto en el artículo 3, apartado 20 del Real Decreto 625/2023,
de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, el
Tribunal elaborará, a la finalización del proceso selectivo una lista de candidatos con
todos los que hayan superado tres ejercicios de la oposición, ordenados por la suma
total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad
de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Diplomados Comerciales del
Estado, se pueda realizar con esta lista de candidatos, mediante procedimientos ágiles.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será
necesario informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
Solicitudes

7.1 Por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos (BOE de 31 de marzo).
En su Disposición adicional primera se establece la obligatoriedad del uso de medios
electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el ámbito de la
Administración del Estado. «Las personas participantes en procesos selectivos convocados
por la Administración del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho público
vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las solicitudes y
documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las
actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios electrónicos».
Por tanto, las solicitudes se presentarán por vía electrónica.

cve: BOE-A-2024-6442
Verificable en https://www.boe.es

7.