III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6407)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Siemens Healthcare, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Sábado 30 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 36782

Los/as empleados/as de nueva incorporación podrán presentar facturas emitidas a
partir de su fecha de incorporación.
Si este fondo no llegara a asignarse en su totalidad la diferencia pasaría a
incrementar el fondo del año siguiente, para ello, al iniciarse el año, la Empresa y la
Comisión de Ayuda a las Actividades Físicas y Deportivas tendrán que revisar, acordar y
cerrar las cuentas del fondo del año anterior.
C)

Composición y competencias de la Comisión.

La Comisión Global de Actividades Físicas y Deportivas estará formada por los/as
mismos/as componentes de la Comisión de Asistencia Social Global.
Los/as componentes de la Comisión podrán nombrar, además, los/as suplentes/as
correspondientes que tendrán las mismas atribuciones que los/as titulares.
Las competencias de esta Comisión serán, entre otras:
1. Administrar, estudiar y atender las solicitudes de ayudas de cualquier actividad
física de los/as trabajadores/as de SHS.
2. Analizar la evolución del fondo e informar anualmente a la Representación Legal
de los Trabajadores.
3. Resolver las posibles reclamaciones.
Cualquier discrepancia que pudiera surgir, será resuelta por la Comisión de Vigilancia
del Convenio.
D)

Presentación de solicitudes.

Las peticiones se harán por escrito la Comisión Global de Actividades Físicas y
Deportivas anualmente, se adjuntará original de la factura y el formulario específico que
estará disponible en la Intranet.
Las solicitudes se presentarán antes del 31/10.
Las facturas que se podrán presentar para el cómputo anual serán las emitidas en el
periodo de 12 meses comprendido entre el 01/10 y el 30/09 del siguiente año.
Los/as trabajadores/as deberán proporcionar a la Comisión cualquier justificación
que ésta les solicite de cara a la aprobación de sus solicitudes.
E)

Reuniones: periodicidad.

La Comisión se reunirá una vez año (noviembre).
Las reuniones se convocarán con una antelación de 7 días como mínimo.
F)

Cuantía de la ayuda.

ANEXO 7
Reconocimientos médicos
En cumplimiento de la legislación vigente, los reconocimientos médicos y pruebas
complementarias que procedan a la preceptiva «Vigilancia de la Salud» se llevarán a cabo
aplicando los protocolos sanitarios correspondientes, según los riesgos identificados en la
evaluación de riesgos laborales de los puestos de trabajo de Siemens Healthcare.
Con el objetivo de facilitar diagnósticos preventivos y potenciar la salud de los/las
empleados/as, es voluntad de las partes firmantes fijar unos mínimos, que sin

cve: BOE-A-2024-6407
Verificable en https://www.boe.es

La ayuda será de un máximo del 80 % de dichos gastos hasta un tope de 300 euros
brutos/año por trabajador/a.
En la nómina de diciembre de cada año se abonará esta ayuda.
Las prestaciones serán brutas y estarán sujetas a la fiscalidad correspondiente a
cargo del/a perceptor/a, no pudiéndose adjudicar cuantías superiores a las previstas en
este Reglamento.