III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-6280)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, para el funcionamiento del Plan de Empleo 2023-2024 en Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Jueves 28 de marzo de 2024
Cuarta.

Sec. III. Pág. 36258

Comisión de seguimiento.

Para el adecuado seguimiento, vigilancia, control e interpretación de lo establecido
en el presente convenio, se creará una comisión mixta de seguimiento, integrada por dos
miembros designados por la titular de la Secretaría General de la Delegación del
Gobierno en Melilla y dos miembros en representación del Imserso que serán
designados por el Director Territorial de la Entidad en Melilla.
La comisión mixta de seguimiento tiene por finalidad la resolución de los problemas y
discrepancias entre las partes en relación con la interpretación o ejecución del mismo.
Igualmente, conocerá de cuantos posibles supuestos de incumplimiento de las
obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes pudieran plantearse.
Dicha comisión de seguimiento se reunirá, al menos, una vez durante la vigencia del
presente convenio, y siempre que las circunstancias de su desarrollo así lo aconsejen, a
instancia de una o ambas partes. En estas convocatorias se facilitará información en
especial de los diferentes usuarios que han participado en las acciones.
La comisión de seguimiento tiene capacidad para hacer propuestas a los firmantes
sobre la modificación, vigencia o resolución del convenio. No obstante, las modificaciones
del convenio requerirán de la autorización del Ministerio de Hacienda de acuerdo con lo
previsto en el artículo 50.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
El mecanismo para la toma de decisiones será por unanimidad. Si no existiese, cada
parte informará a su institución para la resolución que proceda.
La comisión de seguimiento se regirá en su funcionamiento por lo previsto en el
presente convenio y supletoriamente por lo dispuesto subsección 1.ª, sección III,
capitulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Quinta. Naturaleza y régimen jurídico aplicable.
Este convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por las cláusulas del
presente convenio y supletoriamente por lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI,
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En todo caso, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir, sin perjuicio de las
facultades de la comisión de seguimiento para resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento del convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, serán de conocimiento y
competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.
Financiación.

Las actividades a desarrollar por este convenio no supondrán ningún compromiso
financiero para el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, a través de la Delegación
del Gobierno en Melilla, asumirá la financiación de los costes salariales y de Seguridad
Social del personal empleado en los programas a desarrollar, con cargo al presupuesto
finalista que se pudiera conceder, en el marco del Programa de inserción laboral a través
de obras o servicios de interés general y social del eje 3 «Oportunidades de empleo» de
los artículos 41 a 46 Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan
los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo y
la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, por la que se establecen, en el ámbito
competencial del Servicio Público de Empleo Estatal, las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de políticas
activas de empleo previstos en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el
que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema

cve: BOE-A-2024-6280
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Sexta.