III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-6280)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, para el funcionamiento del Plan de Empleo 2023-2024 en Melilla.
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Jueves 28 de marzo de 2024
Proyecto 5.

Sec. III. Pág. 36257

Emisión de tarjetas de discapacidad
Perfil de los trabajadores

Categoría profesional

Grupo de cotización

N.º de trabajadores

Titulados medios.

2

2

Técnicos superior.

3

2

Subalterno.

6

1

Peón.

10

1

Total.

6

La prestación laboral enmarcada en la ejecución del programa para el fomento de
empleo promovido por la Delegación del Gobierno se realizará bajo la exclusiva
dependencia laboral de esta, bajo su potestad de dirección y organización, sin vínculo
alguno de los trabajadores con el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, a través de la Delegación
del Gobierno en Melilla, informará a los trabajadores de los riesgos existentes en su
puesto y les proporcionará la formación adecuada en materia de riesgos laborales, así
como la vigilancia de la salud individual y colectiva, todo ello en el marco de lo dispuesto
en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
La comisión de seguimiento establecida en la cláusula cuarta del presente convenio
concretará qué actividades específicas se van a llevar a cabo en estos proyectos, así
como la ocupación de los trabajadores a contratar.
B)

Obligaciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

El Instituto de Mayores y Servicios Sociales colaborará facilitando las instalaciones y
bienes muebles e inmuebles en aras de desarrollar todas las actuaciones propias del
proyecto recogido en este convenio.
Corresponde al Instituto de Mayores y Servicios Sociales autorizar expresamente a
qué locales/zonas puede acceder el personal citado en el punto A de la cláusula
segunda. Este personal deberá seguir cuantas indicaciones le sean requeridas en
materia de seguridad.
Asimismo, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales aportará el material y el
equipamiento específico necesario para el desarrollo de la labor asignada al trabajador
contando con los recursos propios disponibles, sin que esto suponga un compromiso
financiero para el departamento, y proporcionará las condiciones necesarias para
realizar en su seno las tareas que, de acuerdo con su categoría laboral y plan de trabajo,
faciliten su inserción socio-laboral, supervisando la obra o servicio prestado.
Para los trabajos en que sean necesarios, el Instituto de Mayores y Servicios
Sociales facilitará los equipos de protección individual, utensilios y productos necesarios.
Publicidad.

Las partes suscriptoras del presente convenio se comprometen a dar la publicidad y
difusión necesaria del mismo, para su general conocimiento y cumplimiento. Se aplicará
la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones
Públicas, por la que se aprueba la Guía de comunicación digital para la Administración
General del Estado, actualizado el Manual de Imagen Institucional por resolución de 28
de febrero de 2020.

cve: BOE-A-2024-6280
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.