III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-6279)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Jueves 28 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 36242

MANIFIESTAN
Primero.
Que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes es el organismo
de la Administración General del Estado al que se le encomienda la propuesta y
ejecución de la política del Gobierno en materia de formación profesional del sistema
educativo y para el empleo, en el marco de lo establecido en el Real Decreto 2/2020,
de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
Que el Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
encomienda a la Secretaría General de Formación Profesional, entre otras, la función de
ejercer las competencias atribuidas al Departamento en materia de formación profesional
del sistema educativo y de formación profesional para el empleo. En particular, le
corresponde la ordenación, desarrollo, evaluación, gestión e innovación, de la formación
profesional en el sistema educativo y para el empleo, y en concreto, respecto a esta
última, la Formación Profesional de desempleados y la Formación Profesional de
ocupados, incluyendo las convocatorias nacionales, cuando estas respondan a
formación vinculada a los certificados profesionales, incluida la formación profesional
dual del ámbito educativo.
Segundo.
Que Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo es una entidad estatal de
derecho público de las previstas en la letra i) del apartado 2 del artículo 2 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, su estatuto se regula
mediante Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, y se encuentra adscrita al Ministerio
del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, teniendo
por objeto la promoción, organización y control del trabajo productivo y la formación y
orientación para el empleo de los reclusos en centros penitenciarios; tiene personalidad
jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que ejerce sus funciones con
autonomía e independencia respecto de las Administraciones Públicas.
Tercero.
Que el artículo 72.2 y 3, de la Ley Orgánica 3/2022 de 31 de marzo, establece que
las personas que se encuentren en situación de privación de libertad, tendrán acceso a
una oferta de formación profesional en los grados y modalidades presencial y virtual que
se determinen al efecto. Las administraciones competentes deberán garantizar una
oferta de formación profesional suficiente y accesible. La formación prevista se regirá por
los convenios que al efecto suscriban las administraciones competentes.

Que, el artículo 22.2.b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones establece que los convenios serán el instrumento habitual para canalizar
las subvenciones de concesión directa. A su vez, el artículo 66 del Reglamento de
desarrollo de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, establece que las subvenciones de concesión directa cuyo otorgamiento o
cuantía viene impuesto a la Administración por una norma de rango legal, se regirán por
dicha norma y por las demás de específica aplicación a la Administración
correspondiente.
En la Administración General del Estado, en las Entidades Locales, y en los
organismos públicos vinculados o dependientes de ambas será de aplicación supletoria,
en defecto de lo dispuesto en aquella normativa, lo previsto en la Ley General de
Subvenciones y en este Reglamento, salvo en lo que en una y otro afecte a la aplicación
de los principios de publicidad y concurrencia.

cve: BOE-A-2024-6279
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Cuarto.