III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-6296)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 28 de marzo de 2024

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Tercera. Aspectos económicos.
El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo
gasto alguno ni para el presupuesto Consorcio para la Recuperación Económica y de la
Actividad de la Marina Alta ni para el del Ministerio de Educación, Formación Profesional
y Deportes.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte de Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la
Marina Alta:
– Formalizar cuando proceda, el ingreso en tesorería de Consorcio para la
Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta de los pagos por matrícula
correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La cantidad mínima establecida con
Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta
ascenderá a 48 euros y un máximo de 200.000 euros, ingresados en el presupuesto de
Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta en la
aplicación presupuestaria 42091.
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en el
acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en
concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la
recaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en cinco periodos anuales
en base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes. Este cargo será como mínimo de 48 euros y un máximo
de 150.000 euros/año, que será imputado al presupuesto de gastos Consorcio para la
Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta en la aplicación
presupuestaria 251.241. Si durante un periodo no se formalizara ningún ingreso en
concepto de matriculación, el cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
de Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta,
derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
Aula Mentor de Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la
Marina Alta que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año (incluyendo
impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 24.500 euros/año que se
imputará al presupuesto de gastos de personal de Consorcio para la Recuperación
Económica y de la Actividad de la Marina Alta.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las tareas
de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la atención
en tareas de información y orientación profesional del Aula Mentor de Consorcio para la
Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta que implicará una cantidad
mínima de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad
máxima de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del
Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta.
– Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida
la información de Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la
Marina Alta necesaria para elaborar la memoria anual del programa Aula Mentor, una de
cuyas dimensiones es la económica.

cve: BOE-A-2024-6296
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Núm. 77