III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-6203)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con NAFSA, Association of International Educators, para la selección de universidades estadounidenses y su visita a España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024
C)

Sec. III. Pág. 35877

Autoridad de control competente

Identificar la(s) autoridad(es) de control competente(s) de conformidad con la
cláusula 13: Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
ANEXO II
Medidas técnicas y organizativas, incluidas medidas técnicas y organizativas para
garantizar la seguridad de los datos
Descripción de las medidas técnicas y organizativas implementadas por el
importador o importadores de datos (incluidas las certificaciones pertinentes) para
garantizar un nivel adecuado de seguridad, teniendo en cuenta la naturaleza, el alcance,
el contexto y el propósito del procesamiento, y los riesgos para los derechos y libertades
de las personas físicas.
Ejemplos de posibles medidas:

cve: BOE-A-2024-6203
Verificable en https://www.boe.es

– Medidas de seudonimización y cifrado de los datos personales.
– Medidas para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia
permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
– Medidas para restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de
forma rápida en caso de incidente físico o técnico.
– Procesos de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las
medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
– Medidas para la identificación y autorización del usuario.
– Medidas para la protección de los datos durante la transmisión.
– Medidas para la protección de los datos durante el almacenamiento.
– Medidas para garantizar la seguridad física de los lugares en los que se tratan los
datos personales.
– Medidas para garantizar el registro de incidentes.
– Medidas para garantizar la configuración del sistema, en especial la configuración
por defecto.
– Medidas de gobernanza y gestión de la informática y la seguridad informática
internas.
– Medidas para la certificación/garantía de procesos y productos.
– Medidas para garantizar la minimización de datos.
– Medidas para garantizar la calidad de los datos.
– Medidas para garantizar una retención limitada de los datos.
– Medidas para garantizar la responsabilidad proactiva.
– Medidas para permitir la portabilidad de los datos y garantizar la supresión.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X