III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-6214)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de cooperación educativa con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de marzo de 2024

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mutuamente la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para otorgar el
presente documento y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que con fecha 2 de marzo de 2021 la CNMC y la UAM suscribieron un Convenio
de Cooperación Educativa de Prácticas Académicas Externas.
Dicho convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación (REOICO) en fecha 8 de marzo de 2021 y publicado en el
BOE núm. 64 del 16 de marzo de 2021.
II. Que las partes han advertido la necesidad de actualizar las cláusulas cuatro,
once y doce, a raíz de la publicación del Real Decreto Legislativo 2/2023 de 16 de
marzo, de medidas urgentes para la ampliación de los derechos de los pensionistas, la
reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de
sostenibilidad de las pensiones, así como por la publicación del Real Decreto
Legislativo 5/2023, que pospone la entrada en vigor del RDL 2/2023 hasta el 1 de enero
de 2024.
III. Que el resto del clausulado del convenio inicial permanece inalterado.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose la capacidad legal necesaria en la
representación en la que actúan, ambas partes
ACUERDAN
I. Modificar el anexo a que hace referencia la cláusula 4 del convenio inicial,
recogido al final de documento con la denominación «Obligaciones de la Universidad»
para añadir una obligación más a cumplir por la universidad con el literal siguiente:
«Asumir el cumplimiento de todas las obligaciones para con la Seguridad
Social derivadas de la realización, por parte del alumno, de prácticas no
remuneradas en la CNMC.»
II. Añadir en la cláusula once, titulada «La Universidad se compromete a», un
compromiso más para el centro formativo, derivado de la firma del convenio, con el literal
siguiente:
«Asumir el cumplimiento de todas las obligaciones para con la Seguridad
Social asociadas a la realización de las prácticas no remuneradas del alumno en
la CNMC. Previo a la incorporación del alumno a las prácticas, la universidad
deberá justificar la comunicación de alta a la TGSS.»
III. Actualizar la cláusula doce del convenio inicial, en lo relativo a las obligaciones
de la Seguridad Social, que pasa a tener el siguiente tenor literal:
«RÉGIMEN JURÍDICO:
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo
establecido en el mismo y por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
régimen jurídico del sector público, estando excluido del ámbito de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Por lo que respecta a las prácticas que constituyen su objeto, se regirán por el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, así como por demás
normativa vigente en materia de prácticas académicas externas y programas de
cooperación educativa.
De acuerdo con lo previsto en el apartado 4.º, letra b) de la disposición
adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la

cve: BOE-A-2024-6214
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Núm. 76