III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-6214)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de cooperación educativa con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 35907

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
6214

Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, por la que se publica la Adenda de modificación
del Convenio de cooperación educativa con la Universidad Autónoma de
Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.

El Secretario General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y
el Vicerrector de la Universidad Autónoma de Madrid han suscrito, con fecha 6 de febrero
de 2024, la Adenda de modificación del Convenio de Cooperación Educativa de
Prácticas Académicas Externas.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido convenio, como anexo a la
presente resolución.
Madrid, 19 de marzo de 2024.–La Presidenta de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, P. D. (Resolución 29 de abril de 2021), el Secretario
General, José Manuel Bernabé Sánchez.
ANEXO
Adenda de modificación del Convenio de Cooperación Educativa de Prácticas
Académicas Externas entre la Universidad Autónoma de Madrid y la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre inclusión en el sistema
de Seguridad Social del estudiantado que realice prácticas académicas externas
no remuneradas, a raíz de la publicación del Real Decreto-ley 2/2023 de 16
de marzo, disposición adicional quincuagésimasegunda

De una parte, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante,
la CNMC), con NIF Q2802141H y domicilio en Madrid, calle Alcalá 47 y, en su nombre y
representación, don José Manuel Bernabé Sánchez, Secretario General de la CNMC, en
virtud del nombramiento efectuado por Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la
Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 27 de octubre
de 2020 (BOE del 12 de diciembre de 2020) y actuando en uso de las facultades que le
otorga la Resolución de 29 de abril de 2021, de la Presidencia de la Comisión Nacional
de los Mercados y la Competencia, por la que se delegan competencias de la
Presidencia y se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos
superiores del organismo (BOE del 14 de mayo de 2021).
Y de otra parte, don Francisco Javier Oubiña Barbolla, Vicerrector de Estudiantes y
Empleabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid, NIF Q2818013A, con domicilio en
Madrid, calle Einstein, 3, 28049 Madrid, en nombre y representación de la misma, por
delegación de doña Amaya Mendikoetxea Pelayo, Rectora Magnífica de la Universidad
Autónoma de Madrid, de conformidad con la Resolución de 2 de julio de 2021 (publicada
en el BOCM núm. 161 de 8 de julio de 2021).
La CNMC y la UAM serán denominados conjuntamente como las «Partes» e
individualmente cada una de ellas como la «Parte». Ambas Partes se reconocen

cve: BOE-A-2024-6214
Verificable en https://www.boe.es

INTERVIENEN