III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6193)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del grupo de marroquinería, cueros repujados y similares de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia.
50 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 35763

Control: Es la persona que realiza funciones de control de calidad de los productos
terminados y al mismo tiempo procede a su posterior etiquetado y empaquetado
individual.
Viajante: Es la persona que a las órdenes de su jefatura inmediata y al servicio
exclusivo de la empresa, a cuya plantilla pertenece, con los conocimientos necesarios
para la misión encomendada, ya sea en viaje de ruta previamente señalada, en plaza o
en ambas modalidades, según se haya convenido, se encarga de la adquisición de las
materias primas necesarias o bien de la venta de los productos elaborados o
subproductos, informa sobre la orientación del mercado y, cuando realiza estas
funciones, efectúa los trabajos afines a su labor principal que le son encomendados.
Nivel 3:
Son funciones consistentes en la ejecución de tareas de carácter administrativo o
mercantil, que se realizan bajo instrucciones precisas pero que no requieren de unos
adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas, cuya responsabilidad está
limitada por una supervisión directa y sistemática. Las actuales áreas profesionales son
las siguientes:
Oficialía 2.ª administrativo/a: La persona que con iniciativa y responsabilidad
restringidas realiza cometidos tales como auxiliares de contabilidad, organización de
archivos y de ficheros, informática, etc.
Personal técnico de informática: Persona que, con los debidos conocimientos es
capaz de instalar y mantener sistemas y programas informáticos.
Nivel 4:
Son aquellas funciones que se ejecutan bajo instrucciones concretas, claramente
establecidas y con un alto grado de dependencia, que exigen normalmente
conocimientos profesionales de carácter elemental. Las actuales áreas profesionales son
las siguientes:

Grupo profesional 4
Personal de producción
Este grupo engloba una serie de actividades que son propias y específicas del sector
de la marroquinería. Se dividirá en diferentes niveles y, a su vez, en distintas categorías
profesionales.

cve: BOE-A-2024-6193
Verificable en https://www.boe.es

Recepción de almacén: Es la persona que, bajo las órdenes de jefatura de almacén,
recibe las mercancías, las distribuye en los estantes, prepara y despacha los pedidos,
confeccionando las notas correspondientes para su registro en los libros, así como
colaboración en inventarios.
Auxiliar administración: Es la persona que, con iniciativa propia, siendo responsable
de su trabajo, realiza funciones elementales, administrativas y/o comerciales y en
general, las puramente mecánicas e inherentes al desarrollo de aquellas.
Recepción telefonía: Es la persona que tiene como misión principal el manejo de la
centralita electrónica y otros sistemas para la comunicación interior y exterior, pudiendo
además realizar funciones administrativas o de recepción que sean compatibles con su
labor principal.
Auxiliar de patrones: La Es la persona que con los conocimientos básicos en
patronaje industrial, colabora y asiste al modelista/patronista.
Auxiliar de control: Es la persona que una vez realizado el empaquetado individual
procede al empaquetado y etiquetado colectivo, realizando además tareas de carga y
descarga en dicho departamento, así como colaborando en el control de calidad.