I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-6087)
Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 35367

2. Dependen de la Dirección General de Derechos Culturales las siguientes
unidades con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Promoción y Acceso a la Cultura, que ejercerá las
funciones atribuidas a la Dirección General en los párrafos a), b), c), d), e), y f) del
apartado 1.
b) La Subdirección General de Cooperación Cultural con las Comunidades
Autónomas, que ejercerá las funciones atribuidas a la Dirección General en los párrafos
g), h), e i) del apartado 1.
c) La Subdirección General de Propiedad Intelectual, que ejercerá las funciones
atribuidas a la Dirección General en los párrafos j), k), l), m) y n) del apartado 1.
Artículo 5. Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
1. Corresponde a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes el
desarrollo de las siguientes funciones:
a) El ejercicio de las competencias que corresponden a la Administración General
del Estado para la aplicación del régimen jurídico de la protección del patrimonio
histórico y la coordinación con las unidades del Ministerio que intervengan en la gestión
de bienes del patrimonio histórico español, así como con los demás departamentos
ministeriales y, en su caso, con las demás administraciones públicas.
b) La gestión de las medidas necesarias para la salvaguardia del patrimonio
histórico frente a la expoliación de los bienes culturales, y, en general, las medidas que
deban adoptarse para su protección y defensa.
c) La ejecución de las competencias estatales en materia de patrimonio histórico
que dimanen de los tratados internacionales suscritos por España, y especialmente la
supervisión, coordinación y en su caso ejecución de las medidas de protección y
promoción previstas en las Convenciones de la UNESCO en materia de Cultura que
hayan sido ratificadas por el Reino de España.
d) La gestión de las competencias atribuidas al Estado en materia de patrimonio
cultural inmaterial.
e) La identificación, documentación, apoyo y salvaguardia de las artes y los oficios
tradicionales que constituyen el patrimonio etnográfico e inmaterial en colaboración, en
su caso, con otros departamentos ministeriales y con las comunidades autónomas.
f) La gestión de cuantas medidas correspondan al Estado en el ámbito del
patrimonio industrial, de las rutas e itinerarios culturales y del paisaje cultural, en
colaboración, si procede, con otros departamentos ministeriales.
g) La promoción de proyectos de investigación arqueológica española, así como la
gestión de cuantas medidas correspondan al Estado en relación con el patrimonio
arqueológico.
h) La gestión de las reuniones del Consejo del Patrimonio Histórico y la ejecución,
en su caso, de los acuerdos que en el mismo se adopten.
i) La gestión del Registro de Bienes de Interés Cultural, del Inventario General de
Bienes Muebles y del Inventario General del Patrimonio Cultural Inmaterial; la formación
del inventario informativo de los restantes bienes protegidos en la legislación autonómica
y la del inventario de yacimientos y hallazgos arqueológicos españoles; así como la
coordinación y comunicación, cuando proceda, de los demás inventarios y registros
gestionados por otras subdirecciones generales de este centro directivo.
j) La integración, digitalización, coordinación y sistematización de la información y
formación de un fondo documental de los bienes del patrimonio histórico español para
contribuir al conocimiento, estudio y tutela de los bienes culturales.
k) La colaboración con la Iglesia Católica a los efectos de lo previsto en la
disposición transitoria quinta de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español.

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Núm. 76