I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Fuerzas Armadas. Cuerpos Generales y de Infantería de Marina. (BOE-A-2024-6083)
Orden DEF/278/2024, de 18 de marzo, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024

2. Méritos académicos.

b) Requisitos vía de acceso B: Título de
Técnico de Grado Medio.

Puntos

Sec. I. Pág. 35319

Observaciones

Nota media del expediente académico del Título de Técnico de Grado Medio. El título
deberá pertenecer a cualquiera de las familias profesionales que dan acceso a la
especialidad fundamental.
De no figurar certificación expresa, la media del expediente académico será el resultado
Entre 5 y 10
de dividir la calificación obtenida en cada módulo, por el número de módulos que
componen el currículo del título.
En caso de aportar más de un título, sólo se valorará el que otorgue la calificación más
favorable.

c) Requisitos vía de acceso C (sólo se
valora un requisito):
Entre 5 y 10
– Prueba de acceso a los ciclos formativos
de Grado Superior.

Calificación obtenida en la prueba de acceso a la formación profesional de grado
superior, siempre que las materias de la parte específica den opción de acceso a las
familias profesionales que contengan títulos de Técnico Superior requeridos para la
incorporación a la escala y para la adquisición de la especialidad fundamental que el
aspirante haya solicitado.
En caso de aportar más de una prueba, solo se valorará la calificación más favorable

– Oferta formativa de Grado C incluida en
el ciclo formativo o curso de formación
específico.

3

No se valorará expediente académico.

– Título de Grado Universitario.

2

No se valorará expediente académico.

1,5

No se valorará expediente académico.

1

No se valorará expediente académico.

1

– Haber superado la prueba de acceso a la Universidad o la evaluación de Bachillerato
para acceso a la Universidad.
– Haber obtenido la credencial para aspirantes procedentes de otros sistemas
educativos.

– Título de Técnico Superior.
– Cualquier otra prueba o curso.
d) Acceso a las enseñanzas universitarias
(para cualquier vía de acceso).
Puntuación total.

La puntuación máxima que se puede obtener es de 13,5 puntos.

ANEXO II
Valoración del concurso para la forma de ingreso directo con exigencia de
titulación de técnico superior
1. Méritos militares

Tiempo de servicios (puntuación máxima
2,5 puntos).

2. Méritos académicos

Puntos

Observaciones

0,05/mes

Como militar profesional.

0,02/mes

Como reservista voluntario.
Se considerarán meses completos despreciando los días que no lleguen a constituir un
mes en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Puntos

Observaciones

a) Títulos de Técnico Superior que se
establezcan como requisito en la
convocatoria, pertenecientes a alguna de
las familias profesionales que figuran en el
Anexo I del Reglamento de ingreso y
promoción en las Fuerzas Armadas.

En el caso de que en la correspondiente certificación no figure la media del expediente
académico, esta se calculará conforme a lo siguiente:
Entre 5 y 10 La calificación obtenida en cada módulo, dividida por el número de módulos que
componen el currículo del título.
Sólo se valorará un título.

b) Acceso a las enseñanzas universitarias.

– Haber superado la prueba de acceso a la Universidad o la evaluación de Bachillerato
para acceso a la Universidad.
– Haber obtenido la credencial para aspirantes procedentes de otros sistemas
educativos.

1

cve: BOE-A-2024-6083
Verificable en https://www.boe.es

Los títulos deberán tener carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.