II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-6033)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Oficiales de Edición y Medios Audiovisuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Martes 26 de marzo de 2024

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4.º Mayor puntuación en el apartado de servicios prestados del concurso sin la
aplicación del límite establecido.
5.º De persistir el empate, el Tribunal adoptará las medidas oportunas que podrán
consistir en la realización de un ejercicio práctico.
10.

Periodo de prácticas

10.1 El Tribunal elevará al señor Rector magnífico de la Universidad la propuesta
de nombramiento como personal funcionario en prácticas.
El nombramiento como personal funcionario en prácticas será efectuado mediante
resolución del Rector, que se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón», con
especificación del puesto y localidad adjudicada.
10.2 El período de prácticas consistirá, al menos, en el desempeño durante tres
meses del puesto de trabajo que se le ofrezca.
10.3 Finalizadas las prácticas se emitirá un informe de «apto» o «no apto», siendo
necesaria la obtención de «apto» para superarlas.
11.

Presentación de documentos

11.1 En el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a la
publicación de la propuesta de nombramiento prevista, la persona aspirante que haya
superado el proceso selectivo deberá presentar a través de las formas recogidas en el
artículo 16.4 (apartados b, c, d y e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones los siguientes documentos:
– Documento de identidad:
Si ostenta nacionalidad española, copia electrónica o fotocopia del documento
nacional de identidad, y original para su cotejo.
Las personas nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas
incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores y trabajadoras, copia electrónica o fotocopia compulsada del pasaporte o
de documento válido acreditativo de su nacionalidad.
Los familiares de los anteriores, referidos en el artículo 57.2 del EBEP, además,
copia electrónica o fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de
parentesco y declaración jurada del ciudadano/a del país europeo al que afecta dicho
vínculo haciendo constar que dicho vínculo subsiste y no existe separación legal o, en su
caso, que la persona aspirante viva a sus expensas o esté a su cargo.
– Titulación:

– Conocimiento del idioma castellano:
En el caso de personas extranjeras nacionales de países cuyo idioma oficial no sea
el español, el Diploma de español nivel C2 o equivalente o el certificado de aptitud en
español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

cve: BOE-A-2024-6033
Verificable en https://www.boe.es

Original y fotocopia para su cotejo o copia electrónica o fotocopia compulsada del
título exigido en la base 2.c), o en su defecto, certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios equivalentes para su obtención, así como abonado los
derechos para la expedición del título correspondiente.
La titulación en el caso de haber sido obtenida en el extranjero y de la credencial que
acredite su homologación.