III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6059)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de protección frente a inundaciones en las Ramblas de Béjar y Biznaga, en Lorca (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 26 de marzo de 2024

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protegidos, con el fin de evitar riesgos por contaminación e incendios. La duración
prevista de las obras es de dos años.
El dimensionamiento hidráulico del proyecto se realiza considerando el escenario de
la futura presa de Béjar, que pretende situarse aguas arriba del proyecto, así como de
las futuras presas de la Torrecilla y de Nogalte. Entre las tres presas, se pretende laminar
un volumen de 29,49 hm3. En el caso de la presa de Béjar, se prevé laminar toda la
avenida asociada al periodo de retorno de cien años, sin vertido por desagües de fondo
ni por aliviadero, presentando el encauzamiento un funcionamiento correcto para el
caudal de cien años. No obstante, dicho dimensionamiento hidráulico podría resultar
diferente si las características de la presa de Béjar se ven modificadas como resultado
de la evaluación ambiental en curso, como ha informado la Dirección General de Medio
Natural de la Región de Murcia.
Constan como antecedentes, las resoluciones de sometimiento al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental ordinario de los proyectos de presas de Béjar y
Torrecilla, por sus posibles efectos significativos sobre el medio ambiente, así como la
emisión del documento de alcance y determinación del estudio de impacto ambiental de
la presa de Nogalte, por lo que, a fecha de esta resolución, no ha concluido la
tramitación ambiental de los proyectos vinculados con la actuación.
El documento ambiental analiza cuatro alternativas para el trazado y cuatro para el
revestimiento. Para el trazado, selecciona la alternativa 4 por reducir la afección, a zonas
urbanas y al humedal Saladares de Altobordo, así como por implicar una superficie a
expropiar, un coste de ejecución y una huella de carbono menores. En cuanto al
recubrimiento, el promotor selecciona la alternativa 2 e indica que, en caso de que los
costes del proyecto sean demasiado altos, se podría ejecutar con una protección de
taludes menor.
El promotor no incluye en el documento ambiental otro tipo de alternativas distintas al
encauzamiento. En este sentido, la Oficina Española de Cambio Climático del MITECO
propone considerar alternativas que modifiquen en menor medida el trazado original del
cauce y se permita la ampliación del espacio fluvial en aquellas zonas en que sea
posible (bajo riesgo), favoreciendo así la pérdida de velocidad de la corriente y la
laminación de la avenida, con el mínimo impacto en la dinámica fluvial.
Según el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), la Rambla
de Béjar forma parte de las zonas identificadas como Áreas con Riesgo Potencial
Significativo (ARPSI), siendo el objetivo del proyecto durante la fase de explotación evitar
las riadas o inundaciones. Además del riesgo de inundación, el promotor estudia los
riesgos del proyecto ante accidentes graves o catástrofes producidos por sustancias
peligrosas, incendios y sismicidad.
En este sentido, el informe del Servicio de Protección Civil de la Dirección General de
Seguridad Ciudadana y Emergencias de la Región de Murcia indica que se deben tener
en cuenta los valores de PGA (aceleración máxima de movimiento del suelo), indicados
en el Plan Especial Protección Civil ante el Riesgo Sísmico en la Región de Murcia
(SISMIMUR), de esta zona sismogénica así como la vulnerabilidad de esta zona ante un
posible accidente de mercancías peligrosas, especialmente en la autovía A-7 y la
carretera RM-11, que están consideradas de prioridad alta en cuanto al transporte de
este tipo de mercancías por el Plan Especial de Protección Civil sobre el Transporte de
Mercancías Peligrosas por Carretera y Ferrocarril (TRANSMUR). Asimismo, señala que
deberán contemplarse los riesgos contenidos en los Planes Territoriales de Protección
Civil de los términos municipales de Lorca y Puerto Lumbreras y la utilización de mapas
de riesgo actualizados.
b.

Ubicación del proyecto:

El proyecto se localiza en los términos municipales de Lorca y Puerto Lumbreras, en
la Región de Murcia, concretamente, en la Rambla de Béjar, en el tramo comprendido
entre la autovía A-7 y la carretera RM-621, a partir de la cual se define el cauce de
cabecera de la rambla de Biznaga.

cve: BOE-A-2024-6059
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Núm. 75