III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6059)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de protección frente a inundaciones en las Ramblas de Béjar y Biznaga, en Lorca (Murcia)".
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Martes 26 de marzo de 2024

Relación de consultados

Sec. III. Pág. 35144

Respuestas recibidas

Dirección General de Carreteras. Consejería de Fomento e Infraestructuras. Región de Murcia.

No

Dirección General del Agua. Consejería del Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia.



Dirección General de Ganadería, Pesca y Acuicultura. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.
Región de Murcia.



Dirección General de Salud Pública y Adicciones. Consejería de Salud. Región de Murcia.

No

Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias. Consejería de Transparencia, Participación y Administraciones
Pública. Región de Murcia.



Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Educación y Cultura. Región de Murcia.



Dirección General de Medio Natural. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de
Murcia.



Dirección General de Medio Ambiente. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de
Murcia.



Delegación del Gobierno en Murcia.

No

Ayuntamiento de Lorca.



Ayuntamiento de Puerto Lumbreras.

No

ENAGÁS Transporte.



Mancomunidad de los Canales del Taibilla.



Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos – UPA.

No

Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España.

No

Ecologistas en Acción de la Región Murciana.

No

Fundación A.N.S.E. (Asociación de naturalistas del sureste).

No

SEO/BirdLife.

No

WWF España.

No

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las
respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para
determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según
los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Características del proyecto:

El objeto del proyecto es paliar los problemas de drenaje que las avenidas de la
Rambla de Béjar y adyacentes provocan aguas arriba de la cabecera de la Rambla de
Biznaga.
Estos problemas derivan por un lado de la propia morfología del valle de Lorca, que
constituye una planicie de inundación, así como de la pérdida de los cauces naturales,
provocando que, en episodios de fuertes precipitaciones, la escorrentía discurra de
manera difusa por los caminos y parcelas de cultivo existentes, favoreciendo el proceso
de laminación y embalsamiento en la zona baja, lo que dificulta el drenaje al generarse
un desagüe muy lento del valle. A esta circunstancia contribuye, además, el efecto de
laminación que generan otras infraestructuras longitudinales, como las carreteras o la
línea de ferrocarril, que suponen diques al flujo.

cve: BOE-A-2024-6059
Verificable en https://www.boe.es

a.