III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Abogacía. (BOE-A-2024-6040)
Orden PJC/274/2024, de 23 de marzo, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la abogacía para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Martes 26 de marzo de 2024

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plataforma acerca de la naturaleza de la incidencia y de su alcance, podrá adoptar las
decisiones que considere procedentes teniendo en cuenta el interés de las personas
aspirantes, incluyendo las de ampliar el tiempo para la realización de la prueba, repetir la
prueba en otro momento o dar la misma por finalizada, en cuyo caso, se puntuará en
función de las preguntas contestadas hasta ese momento.
Si el aspirante abandona la plataforma por razones personales o exclusivamente
atribuibles a su dispositivo, se guardarán las preguntas contestadas hasta entonces por
un tiempo de quince minutos durante el cual podrá retomar la prueba, repitiendo los
pasos de entrada, en cualquier momento y a través de cualquier dispositivo electrónico
con acceso a internet y dotado de webcam. Transcurrido ese plazo, el acceso a la
prueba quedará cerrado y se calificará con las preguntas respondidas hasta entonces.
14.
1.

Resultados y calificación

Resultado de la prueba.

2.

Valoración de la prueba.

La prueba se valorará, siguiendo la plantilla definitiva de respuestas, de la siguiente forma:
– Se obtendrá un punto por cada respuesta correcta y se descontará una tercera
parte del valor de una respuesta correcta por cada respuesta incorrecta. Las preguntas
no contestadas no serán tomadas en consideración. La calificación de cada apartado se
obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas por las respuestas correctas
deduciéndose las incorrectas.

cve: BOE-A-2024-6040
Verificable en https://www.boe.es

A partir del primer día hábil siguiente a la realización de la prueba, el aspirante podrá
acceder a la plataforma AVEX de la UNED con su clave de acceso para descargar la plantilla
de las preguntas y contenido de la prueba. Ese mismo día se harán públicas las plantillas
provisionales de las respuestas correctas, mediante su publicación en el portal web del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (www.mjusticia.gob.es)
apartado «Empleo Público y acceso a profesiones-Acceso a la profesión de Abogados».
Una vez publicadas las plantillas provisionales, los interesados, en un plazo de cinco días
hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación, podrán presentar las
impugnaciones que estimen pertinentes, respecto a la formulación de las preguntas y de las
correspondientes respuestas correctas. Se utilizará el modelo de impugnación que figura en
el formulario que podrá descargarse en el apartado «Empleo Público y acceso a profesionesAcceso a la profesión de Abogados», cumplimentando un único formulario para cada
impugnación, y se remitirá a la dirección de correo acceso.abogacia@mjusticia.es,
consignando en el asunto la palabra «Impugnaciones». Se darán por no recibidas aquellas
impugnaciones que consten de más de un formulario y aquellas que no se correspondan con
la plantilla de respuestas publicada en el portal del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
La pregunta o preguntas que resulten anuladas serán sustituidas, por su orden y en
función del apartado al que pertenezcan, por las preguntas de reserva. Una vez
resueltas las impugnaciones se publicará en el portal web del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (www.mjusticia.gob.es, apartado
«Empleo Público y acceso a profesiones-Acceso a la profesión de Abogados») la
plantilla definitiva de respuestas.
La resolución de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, en virtud
de delegación contenida en el artículo 10.j) de la Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre,
sobre delegación de competencias, que resuelva las impugnaciones de las preguntas
pondrá fin a la vía administrativa, siendo susceptible de recurso potestativo de reposición
o de recurso contencioso-administrativo. en el plazo de un mes desde su publicación en
la página web o bien de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
desde su publicación.