III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-5961)
Resolución 420/38084/2024, de 26 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas de los estudiantes del Máster Universitario en Análisis y Prevención del Terrorismo en Unidades del Estado Mayor de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de marzo de 2024

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Décima. Causas de resolución.
Son causas de resolución de este convenio, de conformidad con el artículo 51 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de las partes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte
incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado a la Comisión Mixta. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento
persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la
concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente que fuera de
aplicación.
f) Por denuncia expresa del convenio, por cualquiera de las partes, en cualquier
momento, con tres meses de antelación a la fecha en la que se pretenda que la referida
finalización surta efectos.
En caso de finalización anticipada del convenio, las actuaciones en curso
continuarán su desarrollo hasta su finalización en la fecha prevista en el momento de su
programación.
El cumplimiento y la resolución del convenio, dará lugar a la liquidación del mismo.
Ambas partes, el CIFAS y la Universidad Rey Juan Carlos, se reservan la facultad de
revocar, para un determinado alumno o grupo de alumnos, la participación en el
convenio por el incumplimiento de las cláusulas establecidas en el mismo.
Asimismo, podrán darse como finalizadas las prácticas de un alumno o grupo de
alumnos, cuando concurran alguna de las siguientes circunstancias: cese de actividades
de cualquiera de las partes, o fuerza mayor que impida el desarrollo de las actividades
programadas.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio
de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Teodoro E. López Calderón.–Por la
Universidad Rey Juan Carlos, el Vicerrector de Innovación e Investigación, por
delegación del Rector, Resolución de fecha 7 de septiembre de 2022, Fernando Enrique
García Muiña.

cve: BOE-A-2024-5961
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Núm. 74