III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-5961)
Resolución 420/38084/2024, de 26 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas de los estudiantes del Máster Universitario en Análisis y Prevención del Terrorismo en Unidades del Estado Mayor de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Lunes 25 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 34580

i) Asegurar que los estudiantes seleccionados desarrollen el Proyecto Formativo de
las prácticas y cumplan con diligencia las actividades acordadas con el CIFAS, conforme
a las líneas establecidas en el mismo.
j) Velar por que los estudiantes y el personal de la Universidad, cumplan las
medidas de seguridad, identificación y control de accesos propios de las instalaciones
militares que se encuentren en vigor en cada momento.
k) Emitir como centro universitario, a favor del tutor del CIFAS y de los
profesionales que intervengan en las prácticas, certificación de las horas dedicadas a los
estudiantes.
l) Velar en todo momento por que los estudiantes seleccionados para las prácticas
muestren una actitud respetuosa hacia la política del MINISDEF.
Cuarta. Financiación.
Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán compromiso económico
o financiero alguno para el MINISDEF. La realización de las prácticas no supondrá, en
ningún caso, la percepción de emolumentos o indemnizaciones a cargo de dicho
ministerio.
En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b, la disposición adicional
quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que
realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el cumplimiento de las obligaciones
a la Seguridad Social corresponderán a la Universidad Rey Juan Carlos.
La Universidad Rey Juan Carlos estará obligada a garantizar la cobertura de riesgos
de los estudiantes mediante los seguros de accidentes y responsabilidad civil
correspondientes, conforme a lo establecido en el Reglamento de Prácticas Externas de
la universidad.

Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento (Comisión Mixta), mecanismo de
seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos
adquiridos por las partes, por cada práctica académica en unidad que se realice,
formada por dos (2) representantes de la unidad correspondiente del CIFAS y (2)
representantes de la Universidad Rey Juan Carlos.
Esta Comisión Mixta será la encargada de determinar el número de plazas para la
realización de prácticas, antes de la finalización del año académico anterior; las prácticas
que se llevarán a cabo, estudio y propuesta de las actividades a desarrollar, para su
aprobación por los órganos de decisión que corresponda; el perfil profesional que debe
cumplir el personal que ejerza como tutor de la Entidad Colaboradora en dichas prácticas
para realizar una tutela efectiva de las mismas; así como proponer una solución
amistosa de las controversias que pudieran surgir en la interpretación, cumplimiento y
aplicación de este convenio. Asimismo, la Comisión Mixta será la responsable de
redactar el anexo II.
La Comisión Mixta podrá, en cualquier momento, proponer a ambas partes la
modificación de las cláusulas de este convenio, así como la supresión o adición de
cualquiera otra que estime oportuna.
La Comisión Mixta se reunirá como mínimo una vez al año o previa petición de una
de las partes: asimismo, su presidencia se ejercerá de forma rotatoria entre las partes
por períodos de un año, empezando por la Universidad Rey Juan Carlos. Las decisiones
se adoptarán por unanimidad.

cve: BOE-A-2024-5961
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Medidas de seguimiento, vigilancia y control.