III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-5961)
Resolución 420/38084/2024, de 26 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas de los estudiantes del Máster Universitario en Análisis y Prevención del Terrorismo en Unidades del Estado Mayor de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de marzo de 2024

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en la entidad, para la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que
pueda necesitar en el desempeño de las prácticas que realiza.
j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
estudiante en prácticas.
k) Comunicar las faltas de asistencia y cualesquiera otras que, a criterio del tutor
del CIFAS, puedan cometer los estudiantes durante el tiempo de realización de las
prácticas, lo que podría conllevar la suspensión de las mismas.
l) Los análisis y trabajos elaborados por los estudiantes quedarán en poder del
CIFAS, no pudiendo el estudiante poseer copia alguna ni hacer uso de ellos.
m) Emitir un informe a proporcionar al estudiante, a la finalización de las practicas,
con mención expresa de las actividades desarrolladas, su duración y, en su caso, su
rendimiento, según el modelo del anexo III.
n) Emitir el informe final de las prácticas a remitir al tutor Académico de la
Universidad, según modelo facilitado por la Universidad, de conformidad con los
artículos 11.1.e) y 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Tercera. Aportaciones de la Universidad Rey Juan Carlos.
La Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de las prácticas externas de
estudiantes, se compromete a:
a) Gestionar todos los aspectos formales de las convocatorias de las prácticas
objeto del presente convenio, de acuerdo con su normativa y procedimientos y conforme
a los principios de publicidad, objetividad y concurrencia.
b) Proporcionar el Proyecto Formativo correspondiente al CIFAS, para que la
unidad correspondiente realice la oferta de prácticas del anexo I, documento que se
remitirá a la Facultad de la Universidad que corresponda.
c) Informar al Tutor del CIFAS acerca de la normativa que regula las prácticas
externas y de las condiciones de su desarrollo, así como incluir en el anexo I el Proyecto
Formativo de Prácticas.
d) Seleccionar a los estudiantes que realizarán las prácticas externas.
e) Designar al tutor Académico de la Universidad para las prácticas, que actuará de
forma coordinada con el tutor del CIFAS y que velará por el normal desarrollo del
Proyecto Formativo, garantizando la participación del estudiante; asimismo, hará un
seguimiento efectivo, llevará a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante
tutelado; autorizará las modificaciones que se produzcan en el Proyecto Formativo y
guardará confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como
consecuencia de su actividad como tutor.
f) El período de desarrollo de prácticas, tendrá la duración que establezca el plan
de estudios correspondiente, con arreglo a lo establecido en el Real Decreto 1393/2007,
de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales. En el artículo 12.6 de dicho real decreto, se establece que para la
programación de prácticas externas, «éstas tendrán una extensión máxima del 25 por
ciento del total de los créditos del título, y deberán ofrecerse preferentemente en la
segunda mitad del plan de estudios».
El periodo de prácticas tendrá una duración mínima de 120 horas.
g) Garantizar que todos los estudiantes seleccionados estén cubiertos por un
seguro, tanto de accidentes como de responsabilidad civil, de forma que el CIFAS quede
exonerado de cualquier responsabilidad por dicho motivo.
Con carácter general los estudiantes se hallarán cubiertos por el Seguro Escolar, de
conformidad con la normativa aplicable o, en su caso, por el seguro que, a tal fin,
deberán suscribir con anterioridad al inicio de las prácticas residenciales.
h) Garantizar que los estudiantes seleccionados para las prácticas, se incorporen al
CIFAS en la fecha acordada, cumplan el horario previsto y respeten las normas de
funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.

cve: BOE-A-2024-5961
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Núm. 74