II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado. (BOE-A-2024-5900)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 34354

Cuando el Tribunal, consultado a tal efecto por su presidente y por decisión unánime
de sus miembros, apreciare a la conclusión del segundo tema una manifiesta deficiencia
de contenido, invitará a la persona aspirante a retirarse y dará por concluido para aquella
el desarrollo de las pruebas, reflejando la motivación oportuna en el acta de la sesión
correspondiente.
Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que
han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por
cada opositor, sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de
candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
I.B)

Fase de concurso

La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los
siguientes méritos: antigüedad, grado personal consolidado y cursos de formación.
La certificación de los dos primeros méritos deberá realizarse según el modelo
incluido como anexo V a esta resolución. Los cursos de formación se acreditarán
documentalmente mediante la presentación de copia auténtica de los correspondientes
títulos o diplomas.
Los opositores que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo
de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas
de aprobados de la fase de oposición, para la presentación de la certificación de méritos,
debiendo ser expedida por los servicios de personal de los Ministerios u Organismos
donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los
méritos a valorar en la fase de concurso.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración
del aspirante en la fase de concurso.
En los tablones de anuncios de la sede del Tribunal, en la página web de la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones www.dgsfp.mineco.gob.es en la página web
www.mineco.gob.es, así como en la página www.administracion.gob.es, el Tribunal
publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de
concurso, disponiendo los aspirantes de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el
día siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado el referido plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración
definitiva de la fase de concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
Finalizada la fase de oposición y de concurso, el Tribunal hará pública la relación de
aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal, en
la página web www.mineco.gob.es, en la de la Dirección General de Seguros y Fondos
de Pensiones www.dgsfp.mineco.gob.es y en la página www.administracion.gob.es.
Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», mediante resolución de la
Subsecretaría de este Ministerio, disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo
de veinte días hábiles, desde la publicación oficial, para presentar la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
I.C) Curso selectivo
Todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición realizarán un curso
selectivo, que será organizado por el Instituto de Estudios Fiscales, que deberán superar
con aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos
en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.
En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.

cve: BOE-A-2024-5900
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 74